viernes, 13 de septiembre de 2013

Entrará en vigor el 1 enero de 2014 http://anea.es/revistas/42.pdf

 Articulo recogido de la revista A.N.E.

Publicada la Orden Ministerial que
desarrolla el Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres 
La Orden Ministerial PRE 1435/2013 afecta fundamentalmente al régimen jurídico de
las autorizaciones de transporte sanitario por carretera. Otorga una única autorizacióna la empresa de ambulancias y vincula los vehículos a la autorización de la empresa


Tras dos años de trabajo con diversos Ministerios y
otros dos más de tramitación, el BOE publicó el 29 de
julio, la Orden Ministerial PRE 1435/2013, que afectará fundamentalmente al régimen jurídico de las autorizaciones de transporte sanitario por carretera. 
Así,la Orden contempla el otorgamiento de una única autorización a la empresa de ambulancias, con expedición de copias certificadas de ésta referidas a cada uno de los vehículos de los que disponga la empresa y transforma radicalmente el procedimiento seguido hasta la fecha de acreditar los vehículos. 
Esta nueva Orden Ministerial (OM) se sostiene sobre
la base de empresa habilitada, cuando antes lo hacía sobre el vehículo autorizado.
 Además, estableceunos criterios de solidez para las empresas de ambulancias, y fija en un mínimo de 15 los trabajadores contratados en plantilla, de los cuales, al menos 6 deberán tener permiso de conducción y los niveles deformación exigibles para conducir las ambulancias,según lo dispuesto en el RD 836/2012. 
En cuanto aflota, la empresa contará con 8 vehículos disponibles al menos, para llevar a cabo transporte sanitario publico.
Junto con el Real Decreto 836/2012, que regula las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación del personal de las ambulancias, y los decretos aprobados en materia de formación y cualificación profesional, esta Orden Ministerial PRE1435/2013, completa la renovación de la normativa 

legal que regulará el sector del transporte sanitario y que
suponen la culminación del proceso de puesta al día y re
-gulación de su calidad profesional y un enorme avance
contra la atomización que aún persiste en el sector
Tres elementos caracterizan esta nueva norma: su oportunidad, en tiempo y circunstancia; su especialización y que la iniciativa parte del propio sector, y el extraordinario consenso con el que se aprueba. 
Novedades destacadas
En cuanto a calidad certificada, la nueva normativa aboga
por empresas de ambulancias fuertes que pueden de mostrar que cumplen con las normas UNE. Así, entre los requisitos (art. 10.j) la OM exige estar en posesión del certificado ISO 9001, según los requisitos de la norma UNE 179002:2008, Servicios sanitarios. Sistemas de gestión de la calidad para empresas de transporte sanitario.
Como novedad en la legislación sectorial, las exigencias
de la norma se amplían hasta los gestores de la empresa y entre los requisitos (art. 10,k) la OM exige contar, al menos, con un profesional que haya obtenido el certifica do acreditativo de haber superado el Curso Superior en Gestión de Transporte Sanitario u otra titulación superior
relacionada con la materia, entre las personas que de manera efectiva y permanente dirijan la empresa
La acreditación de disponer de locales abiertos al público
es otra de las novedades. Así, (art. 14) en poblaciones demás de 20.000 habitantes, las empresas deberán disponer de un local distinto al domicilio privado de su titular, abierto al público, en el lugar donde se encuentre domiciliada la autorización. Y acreditar que dispone allí de los medios y la tecnología que permitan prestar atención (transmisión de datos a los vehículos y localización GPS),las 24 horas del día
Obligatoriedad de la autorización Para realizar transporte sanitario por carretera, ya sea público o privado, (art. 2) será necesaria la previa obtención, por las personas que pretendan llevarlo a cabo, de la
correspondiente autorización administrativa que habilite su prestación. 
Estas autorizaciones (art. 4) se documen tarán a través de la expedición de las correspondientes tarjetas de transporte, en las que se especificará este número de autorización, su titularidad, domicilio, etc. 
Y para cada uno de los vehículos de que disponga la empresa autorizada, se expedirá una copia certificada de la autorización de transporte.

Las autorizaciones tienen vigencia en todo el territorio español, (art. 6) sin limitaciones respecto a su radio de acción, y se establecen sin plazo de duración prefijado, si bien se realizará el visado cada 2 años (art. 8.1) El otorgamiento de la autorización de transporte público sanitario tiene carácter reglado, y debe expedirse siempre que el solicitante acredite el cumplimiento de los requisitos exi-gidos (art. 17.1).
Certificación técnico-sanitaria y Registro
El capítulo IV se dedica al régimen de la certificación técnico-sanitaria y especifica (art. 31) que los vehículos de transporte sanitario sujetos al Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, deberán cumplir en todo momento las exigencias contenidas en aquél, debiendo contar con la
certificación técnico-sanitaria expedida por el órgano competente en materia de sanidad en el lugar en que se domicilie la autorización de transporte sanitario
.
Y como requisitos, establece entre otros, que el vehículo no podrá superar la antigüedad de diez años, desde su primera matriculación (art. 32.a)
. Este plazo recoge la sugerencia del sector en cuanto a alargar la vida útil de los vehículos, en pro de la eficiencia y la contención de costes
en las empresas.
En cuanto a los plazos, (art. 36) la certificación técnico-
sanitaria se otorgará por un plazo de 2 años para vehícu
los nuevos y anual a partir del segundo año de antigüedad, hasta los diez que fija como máximo

El Registro de empresas habilitadas es la base sobre la
que gira toda la Orden Ministerial. A día de hoy, ya están en él todas las empresas que tienen autorización de transporte sanitario, por lo que este Registro dará mayortransparencia y seguridad jurídica al sector. 

 Dice el art.38: 
 El órgano competente en materia de sanidad en cada comunidad autónoma o territorio mantendrá un Registrode Certificaciones Técnico Sanitarias en el que deberán figurar inscritas todas aquellas que en cada momento se encuentren vigentes. Cualquier cambio en la titularidad
de la empresa o de los vehículos deberá ser comunicado al Registro por el órgano competente en materia de transportes en el correspondiente territorio, así como las bajas o ceses en la actividad de los mismos.
Por último, respecto a la dotación de personal, el art. 39 se remite al Real Decreto 836/2012, y afirma (art. 39) que la empresa de ambulancias deberá acreditar que el personal vinculado a ella cumple con los requisitos de formación o con la experiencia laboral contemplada en el
RD. Y de acuerdo con la normativa vigente, el personal médico y de enfermería, podrá pertenecer a la entidad a la que preste sus servicios la titular de la autorización de transporte sanitario, como hasta ahora.
Esta OM entrará en vigor el 1 de enero del próximo año, y las autorizaciones referidas a vehículos concretos de los que cada empresa sea titular, quedarán automática mente convalidados en una única autorización referida ala empresa a partir del 1 de enero de 2014. 
En la misma fecha, quedará derogada la Orden del Ministerio de la
Presidencia de 3 de septiembre de 1998, que desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transpor
El Registro de empresas habilitadas es la base sobre la que gira toda la Orden Ministerial. A día de hoy, ya están en él todas las empresas que tienen autorización de transporte sanitario, por lo que este Registro dará mayortransparencia y seguridad jurídica al sector. 

Dice el art.38: 

El órgano competente en materia de sanidad en cada
comunidad autónoma o territorio mantendrá un Registro
de Certificaciones Técnico-Sanitarias en el que deberán
figurar inscritas todas aquellas que en cada momento se
encuentren vigentes. Cualquier cambio en la titularidad
de la empresa o de los vehículos deberá ser comunicado al Registro por el órgano competente en materia de transportes en el correspondiente territorio, así como las bajas o ceses en la actividad de los mismos.

Movilizaciones en las ambulancias catalanas contra el recorte salarial

Medio millar de personas se manifestaron este lunes por las calles de Barcelona en protesta por el recorte de un 9,2% de los salarios en el sector de las ambulancias catalanas que les ha aplicado la patronal. CCOO, UGT y USOC han convocado una huelga para los días 9, 10, 11 y 12 de septiembre si la patronal no retira la medida durante las negociaciones en el Tribunal Laboral de Catalunya.
 
El personal del sector de las ambulancias catalanas -unos 4.800- están en plena movilización desde que la patronal, ACAE, optó por rebajarles el sueldo un 9,2%. A principios de agosto ya se convocaron numerosas concentraciones y acampadas en las sedes de las principales empresas concesionarias del servicio de ambulancias, y este lunes se ha optado por retomar las protestas trasladándolas a las puertas del Palau de la Generalitat, en la plaza Sant Jaume.

La manifestación, convocada por los tres sindicatos mayoritarios -CCOO, UGT y USOC-, es uno de los últimos mecanismos de presión de los trabajadores del sector antes de que los sindicatos y la patronal se sienten a negociar en la mesa del Tribunal Laboral de Catalunya, el próximo 6 de septiembre. Por si los representantes de las empresas no optan por rectificar durante las conversaciones, los sindicatos ya han convocado una huelga para los días 9, 10, 11 y 12 de septiembre, que sólo desconvocarán si la patronal da marcha atrás.

Los trabajadores están especialmente molestos porque la decisión de recortar sueldos se tomó de manera unilateral, "sin que tuviéramos ningún interlocutor válido porque estaban todos de vacaciones", señala Venanci Garcia, el delegado sectorial de CCOO. Los trabajadores se quejan además que las empresas han recurrido a los salarios para trasladar ahí el grueso del recorte que a su vez han sufrido desde el departamento de Salud. Los conciertos -la mayoría de empresas del sector se financian íntegramente con dinero público- se han reducido en un 4,6% este curso, el mismo porcentaje que se ha recortado a los trabajadores si se reparte el citado 9,2% que se aplica desde julio en 12 meses. "Quieren que los trabajadores carguemos con la rebaja", denuncia García, para después añadir que ya hace tiempo que el colectivo sufre reducciones de sueldo: los sindicatos calculan que los trabajadores ganan un 20% menos de lo que ingresaban en 2010.

Continúan las acampadas

Cuando los trabajadores se enteraron de la rebaja, una de las principales respuestas que ofrecieron fue acampar ante las empresas mayoritarias del sector. Tres semanas después, la mayoría de campamentos siguen en pie.

Actualmente hay tiendas levantadas ante la empresa Ambulancias Condal en Hospitalet de Llobregat y en Martorell. En Barcelona, las hay a las puertas de la empresa Ambulancias Domingo, en la calle Pere IV. Y a partir del 26 de agosto ha comenzado una en Terrassa, ante la empresa Ambulancias Egara.

“No te calles. Defiende tus derechos” Movilizaciones en las ambulancias catalanas contra el recorte salarial


Investindustrial IV L.P.



Líder europeo
con una presencia global

Proporcionar experiencia industrial, el enfoque operativo y plataformas globales para acelerar la creación de valor y la expansión internacional.
 TSC es el proveedor de servicios de transporte de emergencia española líder.
Investindustrial es un grupo de gestión independiente celebración de la inversión y las empresas de asesoramiento financiero. Con 3,1 mil millones € de los activos combinados bajo administración, Investindustrial es uno de los grupos de inversión más importantes de Europa se centró en la toma de posiciones de control principalmente en empresas medianas del sur de Europa que son líderes en sus campos. Nuestro objetivo es crear valor a largo plazo, ayudando a empresas de su cartera para acelerar la expansión internacional y mejorar la eficiencia operativa.
Los socios generales de los fondos de gestión de los fondos en beneficio de los socios limitados y por lo tanto de forma autónoma e independiente de las demás empresas del grupo. Inversiones y desinversiones se hacen (y las acciones de sociedades de cartera se llevan a cabo) por la inversión aplicable o sociedad de cartera. Las decisiones sobre las inversiones y desinversiones, incluyendo el ejercicio de los derechos de voto de las acciones de las empresas de la cartera, se realizan por la inversión aplicable o la celebración de junta de directores de la empresa de manera autónoma e independiente de las demás empresas del grupo, en consonancia con el de sociedades aplicable reglas de gobierno y los estatutos. Es la responsabilidad de la administración de cada sociedad de cartera para operar la empresa en el día a día.
En total, las empresas en las que ha invertido Investindustrial, tienen aproximadamente 46.500 empleados y presencia industrial en 18 países.
Las referencias a nombres de empresas en cartera están destinadas a realizar, donde el contexto lo requiera, a la empresa / filial del fondo de cartera correspondiente. Los términos "grupo". "Investindustrial", "nuestro", "nosotros", "Empresa Cartera", "equipo", "profesionales", en este documento sólo se ha utilizado para facilitar la práctica de la lectura y no pretende dar a entender ninguna referencia específica a una entidad o una definición jurídica de la actividad de control por parte de cualquier empresa con respecto a otras empresas. Las referencias a términos como "control", "propiedad" y sus sinónimos se proporcionan sólo con fines ilustrativos y no pueden implicar, desde una perspectiva jurídica, el control total o parcial de determinadas empresas debido a las limitaciones de los acuerdos de los accionistas, co-inversión vetos y otros derechos de terceros, opciones sobre acciones de gestión y cualquier otro sistema de incentivos. Además, las acciones de empresas de la cartera están en manos de la inversión aplicable y / o sociedad de cartera y los derechos sobre dichas acciones son ejercidas por el consejo de administración de la inversión y / o la sociedad de cartera de manera independiente.







http://translate.google.es/translate?hl=es&sl=en&u=http://www.investindustrial.com/&prev=/search%3Fq%3DInvestindustrial%2BIV%2BL.P.%26biw%3D1152%26bih%3D721

Con el visto bueno de la Comisión Nacional de la Competencia UN FONDO DE INVERSIÓN HARÁ NEGOCIO CON EL TRANSPORTE SANITARIO DE CANARIAS

  El proceso mediante el cual se está procediendo a ampliar el nicho del negocio privado en el sector de la Sanidad, en perjuicio del sistema nacional de salud público, está a punto de acelerarse en el Archipiélago canario. En este caso, sin embargo, los beneficiarios de las políticas "liberalizadoras" impulsadas por los Ejecutivo central y autonómico no serán, por una vez, los empresarios ya instalados en las Islas, con el dueño de la red hospitalaria internacional Hospiten, Pedro Luis Cobiella, a la cabeza.





    La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha aprobado en primera  fase la operación de concentración que permitirá que las empresas dedicadas al transporte sanitario de enfermos, discapacitados y accidentados en Canarias -Transportes Aéreos Sanitarios Isleños SA (Tasisa), Assistalia SL y Ambulancias de las Islas Canarias SL- pasen a manos de Supsar Invest SLU.  Un conglomerado controlado por una una sociedad luxemburguesa de inversión, International Emergency Services Sarl., controlada, a su vez por un fondo de inversión, Investindustrial IV L.P., que se dedica a la compra, tenencia, administración, permuta y venta de toda clase de valores mobiliarios tanto públicos como privados, nacionales y extranjeros.







    La resolución de la CNC, emitida el pasado mes de abril, por el organismo presidido por Joaquín García Bernaldo de Quirós, aclara que  el pasado 13 de marzo recibió una notificación de la citada operación, por la que Supsar adquiría el "control exclusivo" de estas empresas, junto a otra que opera en Baleares en el mismo sector, Contratas Ambulancias Emergencias SA.







   Visto el informe y la propuesta remitidos por la Dirección de Investigación, Competencia ha dado el visto bueno a la compraventa, en cuyo contrato las partes han alcanzado una serie de acuerdos. Entre ellos, que "el vendedor principal", que no cita en el documento por considerarlo de carácter confidencial, "prestará servicios de asesoramiento y colaboración con los órganos de administración y dirección de Supsar, como sociedad dominante del grupo".







   El acuerdo tiene una duración de tres años e implica que comprador y vendedor se comprometen a respetar un pacto de no competencia y de no captación. "El contrato incluye una cláusula por la que el vendedor se compromete a no competir directa o indirectamente con los negocios de las sociedades adquiridas por un periodo de igual o inferior a tres años, a contar desde la terminación de dicho contrato".







   Con la entrada en vigor de este contrato, pues, la prestación de un servicio tan esencial para la población canaria como el del transporte sanitario se encontrará supeditado a la generación de beneficios para un grupo de inversores extranjeros de ubicación desconocida. 







  Circunstancia que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ni siquiera ha llegado a considerar como posible "impedimento" para aprobar la operación.  El informe y propuesta de resolución de la Comisión Nacional de la Competencia se limita a señalar que  ni Supsar ni sus matrices controlan en España sociedades activas en el mismo mercado que las adquiridas, a excepción de Transport Sanitari de Catalunya SLU, que presta servicios de transporte sanitario en mercados geográficos distintos de los afectados por la adquisición de las empresas de transporte sanitarias de Canarias y Baleares.







    Por ello, la Dirección de Investigación considera que la concentración "no supone una amenaza para la competencia efectiva en los mercados, ya que no existe solapamiento horizontal ni vertical entre las partes de la operación". Sobre las posibles amenazas para la salud de los enfermos no ha habido hasta la fecha ningún pronunciamiento.  









Hemos quitado la foto del articulo ya que no corresponde a la empresa comprada por este fondo de inversiones.

Emergency Services S.á r.l.,

IV. EMPRESAS PARTICIPES

(25) Supsar Invest, S.L.U. (“SUPSAR”) es una sociedad controlada por International Emergency Services S.á r.l., una sociedad luxemburguesa de inversión controlada a su vez en exclusiva y de forma indirecta por el fondo de inversión Investindustrial IV L.P. SUPSAR se dedica a la compra, tenencia, administración, permuta y venta de toda clase de valores mobiliarios tanto públicos como privados, nacionales y extranjeros.

SUPSAR INVEST, S.L.U. (“SUPSAR”)

http://www.empresia.es/empresa/supsar-invest/

Perfil empresarial del sector

http://anea.es/revistas/anea30.pdf

TRANSPORT SANITARI DE CATALUNYA S.L.U.,

http://www.tscambulancies.com/es/index.php



Historia de TSC (Ambulancias)

Transport Sanitari de Catalunya (TSC) tiene como objeto social la prestación del servicio de transporte sanitario en el ámbito territorial de Cataluña y España. Fue creada por Cruz Roja con el objetivo de acceder al concurso público de transporte sanitario de ambulancias (21/12/1999).

En Abril de 2008, Transport Sanitari de Catalunya compra Grup Condal, empresa pionera en el transporte sanitario de ambulancias en Cataluña, con la finalidad de proporcionar un mejor servicio a los ciudadanos.
Asimismo, esta alianza permite a la Administración contar con interlocutores con mayor capacidad de respuesta, innovación, tecnología, calidad y formación, capaces de aplicar una gestión empresarial cada vez más eficiente en el transporte sanitario de ambulancias en Cataluña y España
 

¿CUÁL ES NUESTRA RAZÓN DE SER?

Visión

Ser la empresa líder del transporte sanitario en todo el estado español, y un referente en los servicios sanitarios y sociales.

Misión

Aportar valor a la sociedad mediante un servicio de calidad.

Valores

Calidad: alcanzar la excelencia en todos los ámbitos del servicio.
Profesionalidad: realizando el trabajo con la máxima eficiencia, se consigue el resultado esperado.
Responsabilidad: asumiendo nuestros actos, meritamos la confianza de las personas a las que servimos.
Honestidad: actuar con transparencia respecto a la legalidad.
Trato humano: tratar a los pacientes como nos gustaría que nos tratasen a nosotros

Transport Sanitari de Catalunya SLU

http://www.empresia.es/empresa/transport-sanitari-de-catalunya/
INFORME Y PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
EXPEDIENTE C/0502/13 SUPSAR/TASISA/ASSISTALIA/CAE/AMBULANCIAS ISLAS CANARIAS
I. ANTECEDENTES
(1) Con fecha 13 de marzo de 2013 ha tenido entrada en la Comisión Nacional de la Competencia (“CNC”) notificación de la operación de concentración consistente en la adquisición por SUPSAR INVEST, S.L.U. (“SUPSAR”) del control exclusivo de las empresas dedicadas al transporte sanitario en las Islas Baleares y Canarias: TRANSPORTES AÉREOS SANITARIOS ISLEÑOS, S.A. (“TASISA”); ASSISTALIA, S.L. (“ASSISTALIA”); CONTRATAS AMBULANCIAS EMERGENCIAS, S.A. (“CAE) y AMBULANCIAS DE LAS ISLAS CANARIAS, S.L. (“AIC”).
(2) En ejercicio de lo dispuesto en los artículos 37.2. y 55.5 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), la Dirección de Investigación requirió de la notificante, con fechas 25 de marzo y 4 de abril de 2013, información de carácter necesario para la resolución del expediente. La información requerida fue cumplimentada con fechas 2 y 9 de abril de 2013, respectivamente
(3) La fecha límite para acordar iniciar la segunda fase del procedimiento es el 27 de abril de 2013 inclusive. Transcurrida dicha fecha, la operación notificada se considerará tácitamente autorizada.
II. APLICABILIDAD DE LA LEY 15/2007 DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
(4) La operación notificada es una concentración económica en el sentido del artículo 7.1 b de la LDC.
(5) La operación no es de dimensión comunitaria, ya que no alcanza los umbrales establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas.
(6) La operación notificada cumple los requisitos previstos por la LDC al superarse el umbral establecido en el artículo 8.1 a) de la misma y cumple los requisitos previstos el artículo 56.1 a) de la mencionada norma.
III. RESTRICCIONES ACCESORIAS
(7) En el contrato de compraventa suscrito en el marco de la operación notificada, las partes han pactado los siguientes acuerdos:
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DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN
Contrato de prestación de servicios
(8) El citado contrato de compraventa prevé la firma de un contrato de prestación de servicios entre SUPSAR y […]1, vendedor principal en la operación (en adelante “el vendedor principal”).
(9) Según dicho contrato, el vendedor principal prestará servicios de asesoramiento y colaboración con los órganos de administración y dirección de SUPSAR como “sociedad dominante de un grupo compuesto de varias empresas cuya actividad principal es el transporte sanitario urgente y no urgente en Cataluña, las Islas Canarias y las Islas Baleares, entre otros territorios.” El contrato tiene una duración de [igual o inferior a tres] años.
Pactos de no competencia y no captación
(10) De acuerdo con lo establecido en el contrato de compraventa suscrito por las partes, “durante un periodo de [igual o inferior a tres] años a partir de la fecha en que cese toda relación” entre cada uno de los vendedores y las sociedades adquiridas, los vendedores no podrán: (i) emprender ningún negocio que compita directa o indirectamente con el negocio de dichas sociedades […]; (ii) promover ofertas de empleo de personal vinculado a las empresas adquiridas, sin consentimiento de SUPSAR.
(11) Además, el contrato de prestación de servicios con el vendedor principal arriba analizado, incluye una cláusula por la que aquél se compromete a no competir directa o indirectamente con los negocios de las sociedades adquiridas por un periodo de […] a contar desde la terminación de dicho contrato.
(12) Asimismo, en el contrato de compraventa suscrito entre las partes se prevé la firma de un contrato laboral […] entre SUPSAR […] y […]. En dicho contrato se establece una cláusula de no competencia y no captación que obliga al trabajador contratado a no competir con los negocios de transporte sanitario y no iniciar relaciones profesionales con otros trabajadores de las empresas adquiridas por un periodo de [igual o inferior a tres] años a contar desde la terminación del contrato.
Valoración de los acuerdos
(13) El artículo 10.3 de la LDC establece que “en su caso, en la valoración de una concentración económica podrán entenderse comprendidas determinadas restricciones a la competencia accesorias, directamente vinculadas a la operación y necesarias para su realización”.
(14) Teniendo en cuenta los precedentes nacionales y comunitarios existentes en la materia y lo establecido en la Comunicación de la Comisión sobre las restricciones directamente vinculadas a la realización de una concentración y necesarias a tal fin (2005/C 56/03), en relación con los acuerdos descritos se considera lo siguiente:
1 Se insertan entre corchetes aquellas partes del informe cuyo contenido exacto ha sido declarado confidencial.
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DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN
Contrato de prestación de servicios
(15) Según los párrafos 32 a 35 de la citada Comunicación de la Comisión, se consideran accesorios y directamente vinculados a la realización de una concentración determinados acuerdos de prestación de servicios que son necesarios para facilitar el traspaso de los activos al comprador en condiciones razonables.
(16) En el caso presente, los servicios objeto del contrato que se analiza, esto es, servicios de asesoramiento y colaboración con los órganos de administración y dirección de las empresas adquiridas y demás sociedades de SUPSAR dedicadas a la prestación de servicios de transporte sanitario, no pueden en ningún caso considerarse como servicios necesarios para la continuidad del negocio transferido, por lo que ha de entenderse que dicho contrato no forma parte de la operación notificada.
Pactos de no competencia y no captación
(17) Por lo que respecta a las obligaciones de No Competencia y No Captación, establecidas en el contrato de compraventa, dichos pactos han de considerarse necesarios y admisibles para la realización de la presente concentración en cuanto se refiere a su contenido. No obstante, por los motivos que más abajo se exponen, su duración y ámbito de aplicación exceden lo que es aceptable y necesario para la operación notificada.
(18) La mencionada Comunicación de la Comisión (párrafo 18) establece que “para obtener el valor íntegro de los activos transferidos, el comprador debe gozar de algún tipo de protección frente a la competencia del vendedor que le permita fidelizar la clientela y asimilar y explotar los conocimientos técnicos. Las cláusulas inhibitorias de la competencia garantizan la cesión al comprador del valor íntegro de los activos transferidos…”, fijando en tres años (párrafo 20) el plazo máximo aceptable para la duración de dichas cláusulas.
(19) En los dos pactos que se analizan, su duración se estipula por un periodo [igual o inferior a tres] años a partir de la fecha en que cese toda relación entre cada uno de los vendedores y las sociedades adquiridas. Teniendo en cuenta que el principal vendedor suscribirá con la compradora el contrato de prestación de servicios ya analizado, las obligaciones de no competencia y no captación para dicho vendedor exceden, de facto, los tres años siguientes a la ejecución de la concentración, ya que se extienden a los [igual o inferior a tres] años posteriores a la terminación del contrato de servicios.
(20) Por los mismos motivos, la cláusula de no competencia estipulada en el contrato de prestación de servicios con el vendedor principal excede la duración aceptable y más cuando, como en el caso presente, el propio contrato de prestación de servicios no es accesorio ni necesario para la concentración.
(21) En cuanto a la cláusula de no competencia y no captación incluida en el contrato de trabajo con […], la notificante alega que dicha cláusula es necesaria y accesoria a la misma. No obstante, de acuerdo con lo establecido en la Comunicación de la Comisión, las cláusulas inhibitorias de la competencia se pueden considerar
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DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN
accesorias a una operación en cuanto obligan al vendedor. Teniendo en cuenta que el […] objeto de la obligación de no competencia no es vendedor en la presente operación, se considera que dicha cláusula no forma parte de la misma, quedando fuera de la concentración notificada.
(22) Respecto al ámbito de aplicación de los pactos analizados, la Comunicación de la Comisión (párrafo 22) establece que el alcance geográfico de aplicación de las cláusulas inhibitorias de la competencia debe limitarse a la zona en la que el vendedor ofrecía los productos o servicios antes del traspaso.
(23) El acuerdo de No Competencia que vincula a los vendedores en virtud del contrato de compraventa en la operación actual se extiende a […], con lo que se sobrepasa los territorios insulares de las Islas Baleares y Canarias en los que las sociedades adquiridas desarrollaban su negocio.
Conclusión
(24) Teniendo en cuenta todo lo expuesto, en relación con los pactos analizados se concluye lo siguiente:
(i) Los acuerdos de no competencia y no captación que obligan a los vendedores en virtud del contrato de compraventa se consideran necesarios y accesorios a la operación notificada durante los tres años siguientes a la fecha de ejecución de la misma, quedando, en cuanto su vigencia exceda dicho periodo, sometidos a la normativa de acuerdos entre empresas. Además, el acuerdo de no competencia previsto en dicho contrato se considera necesario en tanto su aplicación se limite a las Islas Baleares y Canarias, quedando fuera de la operación en cuanto exceda dichos territorios.
(ii) El contrato de prestación de servicios entre SUPSAR y el vendedor principal en la presente operación no puede considerarse accesorio ni directamente vinculado a la misma, quedando fuera de la concentración.
(iii) La cláusula de no competencia y no captación que obliga al trabajador en el contrato de trabajo […], no puede considerarse accesoria ni necesaria para la operación de concentración, quedando fuera de la misma.
IV. EMPRESAS PARTICIPES
(25) Supsar Invest, S.L.U. (“SUPSAR”) es una sociedad controlada por International Emergency Services S.á r.l., una sociedad luxemburguesa de inversión controlada a su vez en exclusiva y de forma indirecta por el fondo de inversión Investindustrial IV L.P. SUPSAR se dedica a la compra, tenencia, administración, permuta y venta de toda clase de valores mobiliarios tanto públicos como privados, nacionales y extranjeros.
(26) De acuerdo con la notificante, ni SUPSAR ni sus matrices controlan en España sociedades activas en el mismo mercado que las adquiridas, a excepción de TRANSPORT SANITARI DE CATALUNYA S.L.U., que presta servicios de transporte sanitario en mercados geográficos distintos de los afectados en la operación actual.

martes, 10 de septiembre de 2013

ELA denuncia que Ambuibérica incumple el contrato del servicio de ambulanciasEl sindicato insta al Gobierno vasco a actuar ante los "incumplimientos" de la empresa vallisoletana

El sindicato insta al Gobierno vasco a actuar ante los "incumplimientos" de la empresa vallisoletana

http://www.elcorreo.com/vizcaya/20130723/local/ela-denuncia-ambuiberica-incumple-201307231552.html

Bildu pide explicaciones sobre Ambuibérica

Los representantes de EH Bildu en el Parlamento de Vitoria han pedido al Gobierno vasco que explique el proceso de adjudicación de la Red de Transporte Sanitario Urgente (RTSU) a la empresa Ambuibérica. Reclaman al consejero de Sanidad, Jon Darpón, que detalle qué control ejerce sobre el proceso para comprobar si se cumple el pliego de condiciones aprobado. La empresa despidió la pasada semana a tres trabajadores, decisión que ha generado un malestar creciente en la plantilla, subrogada de DYA y Cruz Roja.
http://www.elcorreo.com/alava/v/20130910/vizcaya/bildu-pide-explicaciones-sobre-20130910.html

"He venido a trabajar y me dicen por teléfono que estoy despedido"

José Luis Ríos es uno de los tres trabajadores afectados por los despidos en Ambuibérica. Es conductor de ambulancias y hasta hoy llevaba siete años trabajando en emergencias

07.09.13 - 15:02 -
"He venido a trabajar y me dicen por teléfono que estoy despedido"

“Es un orgullo y una gran responsabilidad que Ambuibérica haya llegado a Bilbao, mi ciudad natal”

Javier Magdaleno.http://blog.ambuiberica.es/es-un-orgullo-y-una-gran-responsabilidad-que-ambuiberica-haya-llegado-a-bilbao-mi-ciudad-natal/?fb_source=pubv1

La ejecución del tercer despido dispara la tensión en Ambuibérica

Un trabajador se niega a abandonar la base de Durango al enterarse «por teléfono» de su cese y la firma dice que son salidas «puntuales»

08.09.13 - 00:39 -http://www.elcorreo.com/vizcaya/prensa/noticias/201309/08/fotos/15675556.jpg

Lo que se dice de una de las empresas Canarias de transporte sanitario en EUSKADI.















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José Luis Pascual:

  "Vamos a estar mucho tiempo aquí, y más si hacemos las cosas bien"

 El coordinador de Iscan Bizkaia, José Luis Pascual, se siente "satisfecho" del inicio de la actividad de la firma canaria en Bilbao; una empresa "muy seria" con unos estándares de calidad "muy altos" y con un personal "totalmente cualificado y con experiencia", establece

 http://www.deia.com/2013/09/01/bizkaia/vamos-a-estar-mucho-tiempo-aqui-y-mas-si-hacemos-las-cosas-bien-1






Lo de estar muchos años aquí no depende sino de lo que toque en proximos concursos publicos ahi ya es un borron y cuenta nueva.
El 31 de Diciembre del 2013 finaliza el contrato de transporte sanitario público, tanto para el transporte  sanitario urgente como para el no urgente en Canarias.
Muchos dirán que no pero si miramos CONDICIONES CONTRACTUALES Y TECNICAS dice así:



El presupuesto de licitación previsto para el ejercicio 2008 se reajustará en
función de la fecha de adjudicación, proporcionalmente al tiempo que resulte de
la efectiva prestación del servicio, una vez se comience a realizar el mismo de
acuerdo con la presente concurrencia.




6.- PLAZO DE EJECUCIÓN

El contrato tendrá como plazo máximo de ejecución el período comprendido
entre el momento de la firma del contrato y el 31 de diciembre de 2013, todo
ello de conformidad con lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de
fecha 15 de julio de 2008, en relación con el artículo 279.1 de la LCSP.




Ahora bien que no cunda el pánico ya que a estas alturas del año es posible que muchas empresas de las que tiene contrato  hayan ya negociado y firmado la primera prórroga y que según las condiciones técnicas es un máximo de dos añitos  y que se tiene que prorrogar por años naturales.




 La vigencia del contrato podrá prorrogarse por años naturales hasta un máximo
de dos anualidades, siempre y cuando se efectúe la prórroga, por escrito, por
mutuo acuerdo entre las partes antes de finalizar el contrato.



Por lo tanto es posible que saquen el nuevo concurso de transporte sanitario para mediados del año que viene para tenerlo adjudicado para principio del 2015 incluso para finales casi.
Ahora bien las nuevas condiciones económicas son las que pueden cambiar o se quedan como están ya lo diran las empresas o callaran para siempre ya que las técnicas de los vehículos son las mismas.
En lo económico posiblemente no habrá muchos cambios y eso depende de lo que negocien las empresas ya que después de los palos que le han dando desde la empresa pública que adjudica los contratos, no actualizando precios como así habían acordado en el contrato.

 3.- REVISIÓN DE PRECIOS

En el caso de prórroga del contrato, los importes antes referidos se verán
incrementados según el Índice General Nacional de Precios al Consumo oficial
de cada año, salvo que existiera pacto en contrario, y sin que, la revisión pueda
superar el 85 por ciento de variación experimentada por el índice adoptado.





jueves, 5 de septiembre de 2013

En este Blog se puede escribir y opinar en libertad  y da igual de que se hable sean pequeñas o no.
Pero no se puede consentir son insultos desprestigio a las personas.
Al anónimo que dice que dejen en paz a las pequeñas ,no entendemos ese argumento.
Aquí se opina por lo tanto si una de las ,,amadas pequeñas tiene algo mal según vemos pues se dice y punto lo creo que decir la verdad sea un delito y más como es evidente en el caso de la empresa de las ambulancias de las fotos.Además se pretende decir por algunos comentarios que hay que dejar pasar alguna s anomalías, por ejemplo que se hagan servicios asistencias con ambulancias no asistenciales. Pero también se pretende con los comentarios de un anónimo y nos suponemos que sera algún propietario de alguna empresa de las nombradas ,con su comentarios nos dice claramente que aceptemos la precariedad laboral.

Perdone usted que no estemos de acuerdo con esa propuestas por que quieren escapar con competencias desleales.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

HEMOS RETIRADOS ALGUNOS COMENTARIOS QUE NO ESTABAN BIEN REALIZADOS.
ES LA LIBERTADAD QUE TENEMOS DEJAMOS ALGUNAS COSAS PERO CUANDO SE AFLORA GUERRILLAS ENTRE EMPRESAS.

martes, 3 de septiembre de 2013


Foto


A petición del anónimo aquí la tiene es la misma ambulancia no asistencial que realiza servicios como asistencial, si te descuidas las pone de medica lisada  que también una asistencial. por lo tanto a eso nos referimos delas pequeñas trampillas y no solo a la serigrafía.
Foto






Foto





En este caso es evidente no es una asistencial por lo menos  no tiene las características técnicas que dice el real decreto que las regula.

 


 

viernes, 23 de agosto de 2013

PEQUEÑAS TRAMPILLAS

Aunque. no lo parezca este furgón no es el de mantenimiento de carretera .Este furgón es una ambulancia camuflada aunque es difícil que pase la inspecciona de sanidad faltando la palabra AMBULANCIA por lo tanto entendemos que no ola tiene.Ademas realiza servicios como si fuera una de soporte vital básico,siendo esta una no asistencial. También es cierto que a los clientes le importa tres pitos que sea en papeles asistencial o no asistencial .En este caso lo importante es que se le cobre menos por el servicio con personal y todo. 

miércoles, 21 de agosto de 2013

Carrera profesional en emergencias extrahospitalarias

http://delodivinoylohumano.wordpress.com/2013/08/21/carrera-profesional-en-emergencias-extrahospitalarias/



1º Lo de bajar al fondo de un barranco digamos que es un decir ,para eso están los rescatadores que debería y están supuesta formados igual que el TES que va en ala ambulancia,No hay que olvidar que el transporte sanitario urgente y de emergencia forma parte de un equipo Multidisciplinar.

2º Hay que recordar que el RD es para regular las condiciones técnicas del transporte sanitario .

No hay que mezclar y hay que tenerlo claro.El transporte sanitario esta en un 99,9% en manos privadas Son empresas sub contratadas por el titular de la asistencia sanitaria publica en el caso de CANARIAS es el Servicio Canario de la Salud dependiente en su CONSEJERIA DE SANIDAD del GOBIERNO DE CANARIAS.Gestionado por la empresa publica  GSC que es la que paga a estas subcontratas por los servicios realizados.
Por cierto a finales de este año finalizara dicho contrato .Después del 31 de DICIEMBRE los contratos entraran en una primera prorroga de un años por supuesto si hay acuerdo para seguir y después de este año otra más de un año y finaliza ,Se supone que tendrá que adjudicarse otro contrato .¿las empresas?Cualquiera que reúna las condiciones técnicas y económicas.  

Formación Profesional para los socorristas canariosFormación Profesional para los socorristas canarios

Tres centros de Canarias comenzarán a impartir el título de Técnico en Salvamento y Socorrismo a partir de octubre

21.08.2013 | 11:57
Recuperación del cadáver de un ahogado en el Sur de Tenerife por un helicóptero de la Guardia Civil y miembros del grupo de rescate de montaña.
Recuperación del cadáver de un ahogado en el Sur de Tenerife por un helicóptero de la Guardia Civil y miembros del grupo de rescate de montaña. 
Aquellos que quieran dedicarse al salvamento acuático tendrán a partir de octubre una alternativa de formación profesional a su disposición en las Islas. Canarias es la segunda comunidad autónoma, solo después de Cataluña, en implantar un ciclo formativo de grado medio en socorrismo. "Se trata de una iniciativa muy importante", reconoce el secretario de general de la Federación Canaria de Salvamento y Socorrismo, José Miguel Rodríguez, "ya que hay que apostar por la profesionalización en nuestro colectivo". 
El título de Técnico en Salvamento y Socorrismo, expedido por el Ministerio de Educación, se impartirá a partir del curso 2013/2014 en tres centros de Canarias: el IES Virgen de la Candelaria, en Tenerife; el IES Felo Monzón Grau Bassas, en Gran Canaria; y el IES Gran Tarajal, en Fuerteventura. La obtención de esta titulación acreditará a quien la obtenga para desarrollar esta actividad profesional en todo el territorio nacional. 
Para José Miguel Rodríguez, que es además director técnico de la Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo, la puesta en marcha de este ciclo es un paso más hacia el incremento de la formación de aquellos que se dedican a salvar vidas en el medio acuático. "Con la normativa actual solo se exige un curso de más de 100 horas a socorristas que trabajen en una playa, y de más de 30 en el caso de las piscinas", sostiene. Se trata de una formación "claramente insuficiente", ya que no se les exige ninguna prueba física mínima, que acredite su rendimiento, ya que en muchas ocasiones "tienen que salvar a personas que les pueden doblar el peso", expone. Rodríguez espera que a partir de ahora se exija la titulación profesional que se acaba de implantar y se acabe con los cursos de socorrismo de pocas horas.
Ahora además, según expone Rodríguez, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (Essscan) exige que los socorristas realicen un curso de reciclaje de forma bianual. "Serán cursos de diez horas, que incluirán partes teóricas y prácticas, además de pruebas físicas", explica. 
Por otra parte, el secretario general de la Federación Canaria de Salvamento y Socorrismo recalca que la legislación en esta materia en España es "lamentable", algo que se agrava en el caso de Canarias. "A pesar de que vivamos del turismo no hay una normativa que obligue a que haya un puesto de socorrismo en todas las playas, y es algo que se deja a la elección de los ayuntamientos", una obligatoriedad que sí se impone en el caso de las piscinas, algo que es incongruente. El Gobierno de Canarias intentó sacar a delante un decreto en 2003, que incluía la obligatoriedad de un socorrista en todas las playas pero los ayuntamientos protestaron al no poder hacer frente al gasto y el Ejecutivo regional lo derogó a finales de ese mismo año. 
Rodríguez sostiene que la situación en el Archipiélago está a años luz de la que se vive en otros países, en los que la brigada de rescate depende directamente del Estado, "en Francia por ejemplo dependen de la policía local". 
La falta de profesionalización de los servicios de rescate y la escasa normativa es uno de los factores que inciden en el alza en las cifras de muertos por ahogamientos, según la Organización Mundial de la Salud. La OMS añade que su refuerzo y velar porque se cumplan las reglas puede ser una de las estrategias de prevención de este tipo de accidentes, que son la tercera causa de muerte por traumatismo no intencional del mundo.
 

jueves, 15 de agosto de 2013

Para el que no se acuerde ,algo parecido paso en Canarias, lo del posible fraude en la facturación que al parecer y según AMBUIBERICA es un error informático¨.¨Fin de la cita...

La diferencia que antes no había esos adelantos informáticos que hay hoy en dia .La empresa en ese entonces que decía que era la mas grande de Canarias y una de las primeras de España le paso factura decir esas cosas ,igualito que AMBUIBERICA que dice  que una de la primera empresa  del sector en España y parte del mundo. En realidad eso lo dicen todas las empresas de AMBULANCIAS.
Somos la mejor, la que tratamos bien al cliente, técnologia punta etc.....todas coinciden en lo mismo incluso un sistema de formación con academias incluidas y un largo etc...

No se entiende entonces que empresas tan puntera como esta con unos grandes programas informáticos para facturación diga que fue un error.

Entonces lo que le sucedió a la Coop,de ambulancias C.A.C ,si fue un error donde no había nada informatizado y todas las facturación era a mano.

Lo mismo le paso a AMBULANCIAS MP todo problemas informáticos.

Aragón quiere cambiar de ambulanciasAragón quiere cambiar de ambulancias

Aragón quiere cambiar de ambulanciasAragón quiere cambiar de ambulancias

Aragón quiere cambiar de ambulanciasAragón quiere cambiar de ambulancias

Los Mossos intervienen en el conflicto laboral de las ambulancias

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/08/09/catalunya/1376074425_961146.html


Los incendios intencionados de seis ambulancias en los últimos días por el conflicto laboral que vive el sector del transporte sanitario han llevado a los Mossos d’Esquadra a intervenir en el conflicto. La policía catalana custodia varios vehículos en las comarcas del Maresme y el Vallès Oriental y Occidental, que las empresas concesionarias del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) han accedido a aparcar frente a las comisarías para ponerlas bajo vigilancia y evitar nuevos sabotajes. Un portavoz de los Mossos confirmó ayer que el cuerpo ofreció su vigilancia al sector el pasado martes, aunque los portavoces de la policía y el SEM declinaron informar sobre cuántas empresas se han acogido a la medida.
Al menos cuatro vehículos en la zona del Maresme y otros tantos en el Vallès están siendo vigilados, según fuentes sindicales. El diario local El 9 Nou avanzó ayer que el personal sanitario de Caldes de Montbui está durmiendo en las dependencias de los Mossos d’Esquadra.
Los agentes vigilan las flotas de ambulancias cuando están aparcadas, pero no cuando salen a realizar algún servicio. “Sería inviable hacerlo”, justifica un portavoz de la policía catalana.
Venanci Garcia, responsable de ambulancias de CCOO, califica la medida de “exagerada” y critica que hace perder tiempo a los trabajadores. Los sindicatos mayoritarios en el sector (CCOO, UGT y USOC) se desmarcaron de los incidentes, que comenzaron con la quema de los dos primeros vehículos el pasado jueves día 1 en Sant Boi de Llobregat y Badia del Vallès. Además de los seis vehículos quemados, otros han sufrido pinchazos de neumáticos y la rotura de cerraduras.
 El origen del conflicto está en la decisión, que los sindicatos tachan de “unilateral”, de la patronal —Asociación Catalana de Propietarios de Ambulancias— de rebajar un 9,2% el sueldo a los 4.800 trabajadores en la nómina de julio y de forma indefinida.

Los sindicatos han convocado una huelga para los próximos días 9, 10, 11 y 12 de septiembre si la mediación del Tribunal Laboral, prevista para el día 6, no da resultados. Los trabajadores han convocado varias acampadas frente a las sedes de algunas empresas concesionarias para protestar por la rebaja salarial y denunciar que la patronal incumple el convenio colectivo. Los empresarios han rechazado comentar los incidentes. Los Mossos d’Esquadra han abierto una investigación que, hasta el momento, no ha concluido con detenciones.

Los Mossos intervienen en el conflicto laboral de las ambulancias

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/08/09/catalunya/1376074425_961146.html


Los incendios intencionados de seis ambulancias en los últimos días por el conflicto laboral que vive el sector del transporte sanitario han llevado a los Mossos d’Esquadra a intervenir en el conflicto. La policía catalana custodia varios vehículos en las comarcas del Maresme y el Vallès Oriental y Occidental, que las empresas concesionarias del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) han accedido a aparcar frente a las comisarías para ponerlas bajo vigilancia y evitar nuevos sabotajes. Un portavoz de los Mossos confirmó ayer que el cuerpo ofreció su vigilancia al sector el pasado martes, aunque los portavoces de la policía y el SEM declinaron informar sobre cuántas empresas se han acogido a la medida.
Al menos cuatro vehículos en la zona del Maresme y otros tantos en el Vallès están siendo vigilados, según fuentes sindicales. El diario local El 9 Nou avanzó ayer que el personal sanitario de Caldes de Montbui está durmiendo en las dependencias de los Mossos d’Esquadra.
Los agentes vigilan las flotas de ambulancias cuando están aparcadas, pero no cuando salen a realizar algún servicio. “Sería inviable hacerlo”, justifica un portavoz de la policía catalana.
Venanci Garcia, responsable de ambulancias de CCOO, califica la medida de “exagerada” y critica que hace perder tiempo a los trabajadores. Los sindicatos mayoritarios en el sector (CCOO, UGT y USOC) se desmarcaron de los incidentes, que comenzaron con la quema de los dos primeros vehículos el pasado jueves día 1 en Sant Boi de Llobregat y Badia del Vallès. Además de los seis vehículos quemados, otros han sufrido pinchazos de neumáticos y la rotura de cerraduras.
 El origen del conflicto está en la decisión, que los sindicatos tachan de “unilateral”, de la patronal —Asociación Catalana de Propietarios de Ambulancias— de rebajar un 9,2% el sueldo a los 4.800 trabajadores en la nómina de julio y de forma indefinida.

Los sindicatos han convocado una huelga para los próximos días 9, 10, 11 y 12 de septiembre si la mediación del Tribunal Laboral, prevista para el día 6, no da resultados. Los trabajadores han convocado varias acampadas frente a las sedes de algunas empresas concesionarias para protestar por la rebaja salarial y denunciar que la patronal incumple el convenio colectivo. Los empresarios han rechazado comentar los incidentes. Los Mossos d’Esquadra han abierto una investigación que, hasta el momento, no ha concluido con detenciones.

Los Mossos intervienen en el conflicto laboral de las ambulancias

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/08/09/catalunya/1376074425_961146.html


Los incendios intencionados de seis ambulancias en los últimos días por el conflicto laboral que vive el sector del transporte sanitario han llevado a los Mossos d’Esquadra a intervenir en el conflicto. La policía catalana custodia varios vehículos en las comarcas del Maresme y el Vallès Oriental y Occidental, que las empresas concesionarias del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) han accedido a aparcar frente a las comisarías para ponerlas bajo vigilancia y evitar nuevos sabotajes. Un portavoz de los Mossos confirmó ayer que el cuerpo ofreció su vigilancia al sector el pasado martes, aunque los portavoces de la policía y el SEM declinaron informar sobre cuántas empresas se han acogido a la medida.
Al menos cuatro vehículos en la zona del Maresme y otros tantos en el Vallès están siendo vigilados, según fuentes sindicales. El diario local El 9 Nou avanzó ayer que el personal sanitario de Caldes de Montbui está durmiendo en las dependencias de los Mossos d’Esquadra.
Los agentes vigilan las flotas de ambulancias cuando están aparcadas, pero no cuando salen a realizar algún servicio. “Sería inviable hacerlo”, justifica un portavoz de la policía catalana.
Venanci Garcia, responsable de ambulancias de CCOO, califica la medida de “exagerada” y critica que hace perder tiempo a los trabajadores. Los sindicatos mayoritarios en el sector (CCOO, UGT y USOC) se desmarcaron de los incidentes, que comenzaron con la quema de los dos primeros vehículos el pasado jueves día 1 en Sant Boi de Llobregat y Badia del Vallès. Además de los seis vehículos quemados, otros han sufrido pinchazos de neumáticos y la rotura de cerraduras.
 El origen del conflicto está en la decisión, que los sindicatos tachan de “unilateral”, de la patronal —Asociación Catalana de Propietarios de Ambulancias— de rebajar un 9,2% el sueldo a los 4.800 trabajadores en la nómina de julio y de forma indefinida.

Los sindicatos han convocado una huelga para los próximos días 9, 10, 11 y 12 de septiembre si la mediación del Tribunal Laboral, prevista para el día 6, no da resultados. Los trabajadores han convocado varias acampadas frente a las sedes de algunas empresas concesionarias para protestar por la rebaja salarial y denunciar que la patronal incumple el convenio colectivo. Los empresarios han rechazado comentar los incidentes. Los Mossos d’Esquadra han abierto una investigación que, hasta el momento, no ha concluido con detenciones.
Que no lloren tanto que tampoco es así,hay una manera de suplir esa supuesta perdida de voluntarios para las ambulancias.Solo tienen que contratar a personas que ya tienen titulo o gratificarlos como quieran llamarlo.Muchos de los nuevos TES les es difícil conseguir trabajo en las empresas de ambulancias o bien por la reducción en numero de personal  que ya los trabajadores asumen todo el trabajo haciendo horas extras. Además igual que contratan cuando no los encuentra voluntarios a Médicos y Enfermeros ,también podrían hacer lo mismo con los TES o VOLUNTARIOS con titulo  de TES o que se les contraten y si no pueden cubrir los servicios por falta de personal con titulo,pues que sigan como  siempre que ya sabemos como funciona el tema buscando personal sin titulo  o que dejen esos servicios en manos de las empresas que tienen personal con TES .

La Creu Roja asume que perderá voluntarios de ambulancias por las nuevas exigencias

Una nueva normativa obliga al conductor y a los técnicos sanitarios a cursar un ciclo formativo de dos años


Las nuevas exigencias impuestas a los conductores y técnicos sanitarios de las ambulancias, que les obliga a tener el título de Técnico de Emergencias Sanitarias, preocupa a la Creu Roja. De hecho, tiene asumido que perderá voluntariado de ambulancias, ya que muchos de los actuales voluntarios no podrán cursar el ciclo formativo de grado medio con el que se obtiene el título, que dura dos años y es necesario 2.000 horas de formación.
«No todos los voluntarios, que trabajan ocho horas de otra cosa y que colaboran con la Creu Roja de forma altruista, tendrán tiempo de sacarse este título», asegura la coordinadora del servicio de Preventivos de la Creu Roja de Menorca, Maria Antònia Pons. Por todo ello, la entidad asume que el número de voluntarios de ambulancias «bajará».
No obstante, no será algo inmediato, ya que el Real Decreto que obliga a los conductores y técnicos de ambulancias a tener este título oficial, da un plazo de cuatro años para obtener el título. La norma se aprobó el año pasado, por lo que tienen de plazo hasta 2016. Sin embargo, los técnicos que se incorporen a partir de ahora ya tienen que disponer del curso.
La duda que tiene la Creu Roja es si los voluntarios también están sujetos a esta normativa. Ante la duda, la Creu Roja prefiere ser precavido y también exigirá al voluntariado de ambulancias tener el título.
Actualmente, la Creu Roja cuenta con unos 30 voluntarios que se hacen cargo de las cuatro ambulancias que dispone en Maó, Ferreries, Alaior y Es Mercadal. De esta treintena de voluntarios, seis ya tienen el título. Algunos se los están sacando ‘on line’ (ya que presencialmente sólo se ofrece en Palma) y otros se matricularán el próximo curso, con el objetivo de que a finales de 2015 ya tengan el título.
Pese a ello, la Creu Roja, que ayuda a sufragar el coste del curso, entiende que no todos los voluntarios de ambulancias tendrán tiempo y motivación para obtener el título, por lo que «seguro que bajaremos el número de voluntarios en ambulancias», aunque el objetivo es que «los cambios normativos no se noten» en el día a día.
Las ambulancias de la Creu Roja se dedican básicamente a prevención, y están presentes en eventos deportivos, culturales y festivos, para ser usadas en caso de emergencias.
Con todo, la Creu Roja recuerda que esta normativa sólo afecta al personal de ambulancias, por lo que el resto de voluntarios no tienen que estar sujetos a esta normativa, por lo que entiende que el voluntariado de ambulancias que no dispone del título podrá, si así lo desea, desempeñar otras tareas.

martes, 6 de agosto de 2013

El transporte sanitario en Catalunya "Se Quema"

DEL BLOG AMBULNACIAS DE CATALUNYA



Como podéis ver en las fotografías el sector de las ambulancias en Catalunya está en lucha por sus derechos, un recorte brutal en los salarios hace de este trabajo una "esclavitud", y hartos de aguantar las imposiciones de una patronal "ACEA" que año tras año sus empresas asociadas tienen unos grandes beneficios, los trabajadores de  nuestro sector no puede soportar más sus recortes, la gota que ha colmado el vaso ha sido el recorte en los salarios, sin previo aviso de un 9,2%, llevando así a la ruina a la mayoría de sus trabajadores.
En respuesta a tal genocidio laboral han empezado las movilizaciones, que aunque no estemos de acuerdo con las formas lo entendemos perfectamente.
Aquí lo podéis ver gráficamente.
Añadir leyenda
http://transportsanitaridecatalunya.blogspot.com.es/2013/08/el-transporte-sanitario-en-catalunya-se.html


https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0lfX__HE0Q0WqmDJf1WUMOlwY6j67em1RcAK34glsNUM3OpPV8FDBqHfMPQ-xy8FKA5PLm3Yf202Kao6IJiJCuRL5EIdXNRChpGDHgkDynRWkgeufSiHnQi3wtpkY6IOMTzbCcxq-QhU/s1600/logo2.png



Médicos sin formación, al frente del servicio de urgencias

( Valdivieso lamenta que se le acuse de “cobrar de más”, y asegura haber impulsado la Fundación Canaria Sociosanitaria por “vocación y humanidad”. En el área de menores, asegura haber estado en contacto con la juventud desde siempre y aún más en una época de crisis económica en la que “alguien tiene que atender a nuestros niños en situación de desamparo”)




La cosa es que todas la fundaciones ,asociaciones y de mas ONGs siempre dicen lo mismo.

Además son deficitarias por lo tanto tienen que poner de su bolsillos.

Los centros de menores ven escasos los 52 euros por niñoLos centros de menores ven escasos los 52 euros por niño

http://www.canariasahora.es/articulo/gran-canaria/fondos-insuficientes-centros-menores/20130805160009410791.htmlhttp://www.canariasahora.es/articulo/gran-canaria/fondos-insuficientes-centros-menores/20130805160009410791.HTML



( El presidente de la Fundación insiste en que el sistema es deficitario y señala que en el 2009 el balance total de la entidad reflejó pérdidas de 197.000 euros, provenientes de todos sus servicios y centros, como los de discapacitados, menores y geriátricos. Una cifra que en 2010 continuó siendo negativa, y se situó en los 329.000 euros. Valdivieso dice suplir ese déficit con los beneficios de su empresa, Aeromédica Canaria, de la que es el único socio)




Ya sabemos entonces por parte de D. Miguel Valdivieso que las empresas de AMBULANCIAS en general ,tienen beneficios lo que pasa que no dice cuanto.

sábado, 3 de agosto de 2013

Queman ambulancias contra los recortes


http://www.elmundo.es/elmundo/2013/08/03/barcelona/1375544836.html


[foto de la noticia]
Ambulancias quemadas contra la imparable escala de recortes sanitarios. Durante dos noches consecutivas, trabajadores de las empresas subcontratadas por la Generalitat a través del Sistema d’Emergències Mèdiques (SEM) han incendiado vehículos como medida de protesta desesperada ante unos recortes que van en aumento. Durante la noche del jueves Sant Boi del Llobregat fue el escenario de la primera quema de una ambulancia, propiedad de la empresa Transport Sanitari. Y, en la noche del viernes, dos unidades sanitarias pertenecientes a Ivemon Ambulàncies Egara fueron incendiadas en la ciudad de Badia del Vallès.
Esta escalada de actos violentos es la consecuencia de la ruptura de negociaciones entre patronal y sindicatos, que el pasado martes 30 de julio se reunieron en un acto de conciliación laboral. Pero la Asociación Catalana de Empresarios de Ambulancias (Acea) y los sindicatos CCOO, UGT y Usoc no llegaron a ningún acuerdo. En el mismo mes de julio, Acea ya rebajó la nómina de sus 4.800 trabajadores en un 9,2%. Un tijeretazo que, sumado al incremento del IPC, a la congelación de los salarios, al incumplimiento de los convenios (como denuncian los empleados) y a los recortes de 2010 asciende al 18,88 % del salario.
Aunque los sindicatos están decididos a buscar nuevas medidas de presión y a convocar huelgas y movilizaciones en septiembre, durante las noches posteriores a la reunión al menos tres ambulancias aparecieron quemadas, como confirma el SEM. «Las empresas concesionarias trasladaron la incidencia y las ambulancias fueron sustituidas sin ninguna alteración del servicio», informan desde el SEM. Al tratarse de empresas externas, Salut no quiere entrar en el conflicto.
Los recortes en los salarios de los trabajadores de transportes sanitarios no urgentes –o ambulancias básicas– se producen después de que el Servei Català de la Salut (CatSalut) haya disminuido las tarifas a las empresas concesionarias en un 2% en 2011 y un 4,6% este año. La patronal de ambulancias –que agrupa a una quincena de empresas privadas– aplica esos recortes directamente sobre los trabajadores. «Ni siquiera hubo negociación.
La patronal demostró su afán de usura con una posición intransigente a pesar de seguir teniendo beneficios», denunció el delegado del comité de Ambulàncies Egara y miembro de CCOO, Ricard Sancho, que participó en la mesa de negociación. «Las ambulancias tienen que estar 24 horas al día en la calle, aquí no puede haber recorte. Pero en algunas zonas han eliminado los refuerzos de invierno, lo que va en prejuicio del servicio», critica Sancho.

Recortes a pesar de los beneficios

Los trabajadores denuncian que la mayoría de empresas concesionarias siguen generando beneficios económicos mientras aplican sobre ellos el peso de los recortes. Como es el caso de la compañía Transport Sanitari de Catalunya SL, cuya unidad BT-54 resultó incendiada en Sant Boi. En su balance de cuentas de 2012 registra una «rentabilidad económica de nivel positivo del 16,41%» y una «rentabilidad financiera de nivel positivo del 25,59 %». Y, si en 2008, la empresa tenía en nómina a 1.177 empleados, en 2012 los había reducido a 1.053.
Durante los últimos años, los empleados de ambulancias básicas han pasado de 5.500 a 4.800. Las básicas cubren el conjunto del territorio: sólo en el área de Barcelona los trabajadores de ambulancias avanzadas son públicos y están en nómina del SEM

La patronal de las ambulancias recorta el salario de sus trabajadores en un 9,2%

En CATALUYA la cosa está que arde ,por los recortes salariales.

Foto: Parece que por donde pasa Ambuiberica 'no vuelve a crecer la hierba' (Catalunya, Aragón, Castilla y León, Castilla- La Mancha, Cantabria...) ¿Alguien piensa que en Euskadi va a ser distinto? #sos112 (vía Jose Perez)


Foto: Cinco empresas han presentado recurso especial en materia de contratación en el último concurso de la RTSU de Euskadi: Ambuiberica, Ambulancias Euskadi, Grupo Larrialdiak, ISCAN y Gipuzkoa Emergentziak han presentado los correspondientes recursos, lo que suspende temporalmente el proceso de adjudicación del concurso público.

A destacar que todas las empresas, excepto Gipuzkoa Emergentziak, han solicitado en el recurso la exclusión de Ambulancias Bizkaia por la presencia en el sobre C de bastidores y matrículas de los vehículos, algo expresamente prohibido en los Pliegos del concurso público, como ya informamos el pasado 24 de julio. #sos112Cinco empresas han presentado recurso especial en materia de contratación en el último concurso de la RTSU de Euskadi: Ambuiberica, Ambulancias Euskadi, Grupo Larrialdiak, ISCAN y Gipuzkoa Emergentziak han presentado los correspondientes recursos, lo que suspende temporalmente el proceso de adjudicación del concurso público.

A destacar que todas las empresas, excepto Gipuzkoa Emergentziak, han solicitado en el recurso la exclusión de Ambulancias Bizkaia por la presencia en el sobre C de bastidores y matrículas de los vehículos, algo expresamente prohibido en los Pliegos del concurso público, como ya informamos el pasado 24 de julio. ‪#‎sos112‬

CCOO denuncia graves incumplimientos en ambulancias de La Gomera y El Hierro y anuncia movilizaciones

CCOO ha denunciado ante la Inspección de Trabajo el veto al comité de empresa por parte de Tasisa, así como todas las infracciones del conv...