En el caso que aguna persona quiera acceder al titulo de técnico de emergencias sanitarias tendrian que tener como minimo el titulo de educación secundaria obligatoria (E.S.O).
Queremos decir que las personas que quieran una vez superado el proceso de cualificacion y una vez obtenido el certificado profesional que no quiere decir que sea un titulo en esa ultima fase ,dentro de los 100 primeros para acceder a dicha titulación tendran que tener el titulo de educación secundaria obligatoria.
Ahora si lo que quieren es realizarlo más rapido en apenas dos años ,primeramnete hay que tener el titulo de de graduado en educacion secundaria obligatoria a traves de FP.Puede que alguna persona tenga solamente el antiguo GADUADO ESCOLAR pues primero habra que sacarse o terminar las materias necesarias para acceder al titulo (E.S.O)
sábado, 21 de agosto de 2010
Técnico en emergencias sanitarias
Duración del estudio:
2000 horas.
Requisitos de acceso:
Puedes acceder directamente cuando tengas alguno de estos estudios:
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (E.S.O)
Título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).
Otros estudios equivalentes a efectos académicos.
Otra forma de acceder consiste en superar una prueba de acceso al ciclo formativo. Para presentarte tienes que tener al menos 17 años en el año que se realiza la prueba. Existen exenciones parciales de la prueba reguladas por cada Comunidad Autónoma.
Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años están exentos de hacer la prueba de acceso.
Si tienes otros estudios post-obligatorios es conveniente que consultes las posibles convalidaciones existentes.
¿Qué voy a aprender y hacer?
Prestar atención básica sanitaria y psicológica en el entorno pre-hospitalario, trasladar al paciente al centro sanitario, llevar a cabo actividades de tele-operación y tele-asistencia sanitaria, colaborar en la organización y desarrollo de los planes de emergencia de los dispositivos de riesgo previsibles y de la logística sanitaria ante una emergencia individual, colectiva o catástrofe.
Este profesional será capaz de:
Evacuar al paciente o víctima utilizando las técnicas de movilización e inmovilización y adecuando la conducción a las condiciones del mismo, para realizar un traslado seguro al centro sanitario de referencia.
Aplicar técnicas de soporte vital básico ventilatorio y circulatorio en situación de compromiso y de atención básica inicial en otras situaciones de emergencia.
Colaborar en la clasificación de las víctimas en todo tipo de emergencias y catástrofes.
Prestar apoyo psicológico básico al paciente, familiares y afectados en situaciones de crisis y emergencias sanitarias.
Atender la demanda de asistencia sanitaria recibida en los centros gestores de tele-operación y tele-asistencia.
Ayudar al personal médico y de enfermería en la prestación del soporte vital avanzado al paciente en situaciones de emergencia sanitaria.
Verificar el funcionamiento básico de los equipos médicos y medios auxiliares del vehículo sanitario.
Controlar y reponer las existencias de material sanitario.
Estas enseñanzas incluyen los conocimientos necesarios para llevar a cabo las actividades de nivel básico de prevención de riesgos laborales.
Al finalizar mis estudios, ¿qué puedo hacer?
Trabajar
En el sector sanitario relacionado con el traslado de pacientes o víctimas y la prestación de atención sanitaria y psicológica inicial, colaborando en la preparación y desarrollo de la logística sanitaria ante emergencias colectivas o catástrofes, así como participando en la preparación de planes de emergencia y dispositivos de riesgo previsible del ámbito de la protección civil.
Seguir estudiando
Cursos de especialización profesional.
La preparación para realizar la prueba de acceso a ciclos de grado superior.
Otro ciclo de Formación Profesional de Grado Medio con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos de acuerdo a la normativa vigente.
El Bachillerato en cualquiera de sus modalidades.
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Transporte Sanitario.
Emergencias Sanitarias.
Teleasistencia.
Centros de Coordinación de Urgencias y Emergencias.
Plan de formación:
Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
Mantenimiento mecánico preventivo del vehículo.
Logística sanitaria en emergencias.
Dotación sanitaria.
Atención sanitaria inicial en situaciones de emergencia.
Atención sanitaria especial en situaciones de emergencia.
Evacuación y traslado de pacientes.
Apoyo psicológico en situaciones de emergencia.
Planes de emergencias y dispositivos de riesgos previsibles.
Tele emergencias.
Anatomofisiología y patología básicas.
Formación y orientación laboral.
Empresa e iniciativa emprendedora.
Formación en Centros de trabajo.
Más información:
Fecha de implantación: curso 2009/2010.
REAL DECRETO 1397/2007, de 29 de octubre BOE 24 noviembre 2007 (núm. 282)
Nivel básico en prevención de riesgos laborales: REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, BOE 31 de enero 1997 (núm. 27)
http://www.educacion.es/educacion/q...sanitarias.html
Duración del estudio:
2000 horas.
Requisitos de acceso:
Puedes acceder directamente cuando tengas alguno de estos estudios:
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (E.S.O)
Título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente (BUP).
Otros estudios equivalentes a efectos académicos.
Otra forma de acceder consiste en superar una prueba de acceso al ciclo formativo. Para presentarte tienes que tener al menos 17 años en el año que se realiza la prueba. Existen exenciones parciales de la prueba reguladas por cada Comunidad Autónoma.
Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años están exentos de hacer la prueba de acceso.
Si tienes otros estudios post-obligatorios es conveniente que consultes las posibles convalidaciones existentes.
¿Qué voy a aprender y hacer?
Prestar atención básica sanitaria y psicológica en el entorno pre-hospitalario, trasladar al paciente al centro sanitario, llevar a cabo actividades de tele-operación y tele-asistencia sanitaria, colaborar en la organización y desarrollo de los planes de emergencia de los dispositivos de riesgo previsibles y de la logística sanitaria ante una emergencia individual, colectiva o catástrofe.
Este profesional será capaz de:
Evacuar al paciente o víctima utilizando las técnicas de movilización e inmovilización y adecuando la conducción a las condiciones del mismo, para realizar un traslado seguro al centro sanitario de referencia.
Aplicar técnicas de soporte vital básico ventilatorio y circulatorio en situación de compromiso y de atención básica inicial en otras situaciones de emergencia.
Colaborar en la clasificación de las víctimas en todo tipo de emergencias y catástrofes.
Prestar apoyo psicológico básico al paciente, familiares y afectados en situaciones de crisis y emergencias sanitarias.
Atender la demanda de asistencia sanitaria recibida en los centros gestores de tele-operación y tele-asistencia.
Ayudar al personal médico y de enfermería en la prestación del soporte vital avanzado al paciente en situaciones de emergencia sanitaria.
Verificar el funcionamiento básico de los equipos médicos y medios auxiliares del vehículo sanitario.
Controlar y reponer las existencias de material sanitario.
Estas enseñanzas incluyen los conocimientos necesarios para llevar a cabo las actividades de nivel básico de prevención de riesgos laborales.
Al finalizar mis estudios, ¿qué puedo hacer?
Trabajar
En el sector sanitario relacionado con el traslado de pacientes o víctimas y la prestación de atención sanitaria y psicológica inicial, colaborando en la preparación y desarrollo de la logística sanitaria ante emergencias colectivas o catástrofes, así como participando en la preparación de planes de emergencia y dispositivos de riesgo previsible del ámbito de la protección civil.
Seguir estudiando
Cursos de especialización profesional.
La preparación para realizar la prueba de acceso a ciclos de grado superior.
Otro ciclo de Formación Profesional de Grado Medio con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos de acuerdo a la normativa vigente.
El Bachillerato en cualquiera de sus modalidades.
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Transporte Sanitario.
Emergencias Sanitarias.
Teleasistencia.
Centros de Coordinación de Urgencias y Emergencias.
Plan de formación:
Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
Mantenimiento mecánico preventivo del vehículo.
Logística sanitaria en emergencias.
Dotación sanitaria.
Atención sanitaria inicial en situaciones de emergencia.
Atención sanitaria especial en situaciones de emergencia.
Evacuación y traslado de pacientes.
Apoyo psicológico en situaciones de emergencia.
Planes de emergencias y dispositivos de riesgos previsibles.
Tele emergencias.
Anatomofisiología y patología básicas.
Formación y orientación laboral.
Empresa e iniciativa emprendedora.
Formación en Centros de trabajo.
Más información:
Fecha de implantación: curso 2009/2010.
REAL DECRETO 1397/2007, de 29 de octubre BOE 24 noviembre 2007 (núm. 282)
Nivel básico en prevención de riesgos laborales: REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, BOE 31 de enero 1997 (núm. 27)
http://www.educacion.es/educacion/q...sanitarias.html
Técnico en transporte sanitario avanzado: Es el empleado/a que es contratado para conducir vehículos o no, que tiene permiso de conducir y esta en posesión del titulo homologado de Técnico Avanzado en el Transporte sanitario, pudiendo realizar tareas de conductor, ayudante de conductor-camillero y las propias a que le permite el titulo homologado correspondiente.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Conductor: Es el empleado/a que es contratado para conducir los vehículos de asistencia sanitaria, estando en posesión del correspondiente permiso de conducir. Realizará las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarios para la correcta prestación del servicio. La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del servicio.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Ayudante Conductor-Camillero: Tendrá las tareas propias de camillero y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarias para la correcta prestación del servicio. Tendrán carné de conducir suficiente podrán y deberán ser formados/as para conductor de ambulancias. Esta formación de conducción no podrá sobrepasar el 50 % de su tiempo mientras ostentan la retribución como ayudantes. La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del servicio. Esta formación se adecuará a la legislación vigente sobre prácticas y formación.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Camillero. Tendrá las tareas propias de camillero y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarias para la correcta prestación del servicio.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Conductor: Es el empleado/a que es contratado para conducir los vehículos de asistencia sanitaria, estando en posesión del correspondiente permiso de conducir. Realizará las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarios para la correcta prestación del servicio. La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del servicio.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Ayudante Conductor-Camillero: Tendrá las tareas propias de camillero y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarias para la correcta prestación del servicio. Tendrán carné de conducir suficiente podrán y deberán ser formados/as para conductor de ambulancias. Esta formación de conducción no podrá sobrepasar el 50 % de su tiempo mientras ostentan la retribución como ayudantes. La empresa estará obligada a facilitar y asumir el coste de la formación necesaria para acceder a la titulación y/o certificación, que en cada caso exijan las entidades beneficiarias del servicio. Esta formación se adecuará a la legislación vigente sobre prácticas y formación.
Técnico en Transporte Sanitario (TTS) Camillero. Tendrá las tareas propias de camillero y conocimientos sanitarios para la atención y seguimiento del paciente, realizando las tareas auxiliares y complementarias relacionadas con el vehículo y el enfermo y/o accidentado necesarias para la correcta prestación del servicio.
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL carácter experimental
I. ANTECEDENTES
Primero.- Con carácter experimental se han convocado,
en la Comunidad Autónoma de Canarias,
tres procedimientos de reconocimiento de competencias
profesionales, en los años 2007, 2008 y
2009, con objeto de atender a un numeroso colectivo
de trabajadores y trabajadoras con cualificación
real para desarrollar actividades laborales, adquirida
por la experiencia laboral o el aprendizaje
no formal, pero que carecen de acreditación oficial
de la misma.
1. En el caso de experiencia laboral. Justificar, al
menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas
en total, en los últimos 10 años transcurridos
antes de realizarse la convocatoria.
2. En el caso de formación. Justificar, al menos
300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes
de realizarse la convocatoria. En los casos en los
que los módulos formativos asociados a la unidad de
competencia que se pretende acreditar contemplen una
duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas
en dichos módulos.
1ª Fase: Asesoramiento.2.
1. Ala fase de asesoramiento tendrán acceso aquellos
candidatos y candidatas que hayan sido seleccionados
para participar en el procedimiento, por cada
cualificación en la que han sido seleccionados.
2. Se comenzará con un asesoramiento de carácter
colectivo y de obligatoria asistencia, por lo que
la falta de asistencia injustificada provocará la pérdida
de la condición de candidato o candidata admitida
en el procedimiento.
3. Posteriormente, el asesoramiento que se realizará
tendrá carácter individual y presencial, con
el asesor o asesora, que podrá citar al aspirante a
participar en el procedimiento, cuando lo considere
necesario, para ayudarle, en su caso, a autoevaluar
su competencia, completar su historial personal
y/o formativo o a presentar evidencias que lo
justifiquen, perdiendo su condición de persona candidata
admitida en el procedimiento cuando siendo
citado no acuda a dos de las citaciones, sin presentar
justificación.
Los 100 aspirantes seleccionados por cada cualificación
profesional convocada, serán las personas
candidatas a participar en el procedimiento.
3. El resto de personas inscritas y no seleccionadas,
quedarán en situación de reserva para cubrir, por
su orden, los abandonos y renuncias que se produzcan
antes del comienzo de la fase de asesoramiento
individual.
3ª Fase: Acreditación de la competencia profesional.
1. A los candidatos o candidatas que han obtenido
en el proceso de evaluación de las unidades de competencia
en las que se inscribieron el término de
demostrada, se les expedirá por el Instituto Canario
de las Cualificaciones Profesionales, una acreditación
de cada una de las unidades de competencia en las
que se haya demostrado su competencia profesional,
de acuerdo con el modelo recogido en el anexo VI
de la presente Orden.
2. Alos candidatos o candidatas que completen los
requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad
o un título de formación profesional, el
Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales
le indicará los trámites necesarios para su obtención.
Decimotercera.- Plan de formación.
Al concluir todo el procedimiento de evaluación y
acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales
de formación, el Instituto Canario de las Cualificaciones
Profesionales remitirá a todas las personas
que hayan participado en el procedimiento, un escrito
en el que se hará constar, según proceda:
a) Posibilidades de formación, con las orientaciones
pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias
posteriores las unidades de competencia
para las que habían solicitado acreditación.
b) Posibilidades de formación, con las orientaciones
pertinentes, para completar la formación conducente
a la obtención de un título de formación profesional
o certificado de profesionalidad relacionado
con las mismas.
Boletín Oficial de Canarias núm. 30 4318 Lunes 15 de febrero de 2010
Primero.- Con carácter experimental se han convocado,
en la Comunidad Autónoma de Canarias,
tres procedimientos de reconocimiento de competencias
profesionales, en los años 2007, 2008 y
2009, con objeto de atender a un numeroso colectivo
de trabajadores y trabajadoras con cualificación
real para desarrollar actividades laborales, adquirida
por la experiencia laboral o el aprendizaje
no formal, pero que carecen de acreditación oficial
de la misma.
1. En el caso de experiencia laboral. Justificar, al
menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas
en total, en los últimos 10 años transcurridos
antes de realizarse la convocatoria.
2. En el caso de formación. Justificar, al menos
300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes
de realizarse la convocatoria. En los casos en los
que los módulos formativos asociados a la unidad de
competencia que se pretende acreditar contemplen una
duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas
en dichos módulos.
1ª Fase: Asesoramiento.2.
1. Ala fase de asesoramiento tendrán acceso aquellos
candidatos y candidatas que hayan sido seleccionados
para participar en el procedimiento, por cada
cualificación en la que han sido seleccionados.
2. Se comenzará con un asesoramiento de carácter
colectivo y de obligatoria asistencia, por lo que
la falta de asistencia injustificada provocará la pérdida
de la condición de candidato o candidata admitida
en el procedimiento.
3. Posteriormente, el asesoramiento que se realizará
tendrá carácter individual y presencial, con
el asesor o asesora, que podrá citar al aspirante a
participar en el procedimiento, cuando lo considere
necesario, para ayudarle, en su caso, a autoevaluar
su competencia, completar su historial personal
y/o formativo o a presentar evidencias que lo
justifiquen, perdiendo su condición de persona candidata
admitida en el procedimiento cuando siendo
citado no acuda a dos de las citaciones, sin presentar
justificación.
Los 100 aspirantes seleccionados por cada cualificación
profesional convocada, serán las personas
candidatas a participar en el procedimiento.
3. El resto de personas inscritas y no seleccionadas,
quedarán en situación de reserva para cubrir, por
su orden, los abandonos y renuncias que se produzcan
antes del comienzo de la fase de asesoramiento
individual.
3ª Fase: Acreditación de la competencia profesional.
1. A los candidatos o candidatas que han obtenido
en el proceso de evaluación de las unidades de competencia
en las que se inscribieron el término de
demostrada, se les expedirá por el Instituto Canario
de las Cualificaciones Profesionales, una acreditación
de cada una de las unidades de competencia en las
que se haya demostrado su competencia profesional,
de acuerdo con el modelo recogido en el anexo VI
de la presente Orden.
2. Alos candidatos o candidatas que completen los
requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad
o un título de formación profesional, el
Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales
le indicará los trámites necesarios para su obtención.
Decimotercera.- Plan de formación.
Al concluir todo el procedimiento de evaluación y
acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales
de formación, el Instituto Canario de las Cualificaciones
Profesionales remitirá a todas las personas
que hayan participado en el procedimiento, un escrito
en el que se hará constar, según proceda:
a) Posibilidades de formación, con las orientaciones
pertinentes, para que puedan acreditar en convocatorias
posteriores las unidades de competencia
para las que habían solicitado acreditación.
b) Posibilidades de formación, con las orientaciones
pertinentes, para completar la formación conducente
a la obtención de un título de formación profesional
o certificado de profesionalidad relacionado
con las mismas.
Boletín Oficial de Canarias núm. 30 4318 Lunes 15 de febrero de 2010
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