SALUD
Londres, EFE
Dormir menos de seis horas al día puede tener graves consecuencias para la salud y aumenta el riesgo de muerte temprana, según un estudio llevado a cabo por científicos británicos.
Quienes duermen menos de seis horas tienen un 12 por ciento más de posibilidades de morir en un plazo de 25 años que los que descansan entre seis y ocho horas por la noche, afirma este estudio.
Sin embargo, dormir más de la cuenta también puede tener consecuencias perniciosas ya que los científicos encontraron relación entre las muertes tempranas y dormir más de nueve horas, aunque no consideran que sea desencadenante de enfermedades.
Por tanto, la conclusión de los investigadores es que lo ideal es dormir entre seis y ocho horas al día.
Más de 6,3 millones de muertes en el Reino Unido entre mayores de 16 años son atribuibles a la falta de sueño.
En el estudio, llevado a cabo por el Programa de Sueño, Salud y Sociedad de la Universidad de Warwick y el Centro de Investigación del Sueño de Loughborough, ambos de Inglaterra, participaron 1,5 millones de personas y se revisaron las conclusiones de hasta dieciséis estudios anteriores realizados en Estados Unidos, Europa y países del este de Asia.
El jefe del Programa de Sueño, Salud y Sociedad, Francesco Cappuccio, señala en ese estudio que las sociedades modernas han visto reducirse la media de horas de sueño, "pauta que se repite con más frecuencia entre los trabajadores a tiempo completo".
Según Cappuccio, ello puede deberse a la "presión social para trabajar más horas y ofrecer mayor movilidad laboral".
Jim Horne, del Centro de Investigación del Sueño, afirma por su parte que dormir es sinónimo de salud física y mental, ya que el sueño se ve afectado por todo tipo de enfermedades, incluida la depresión.
"Dormir menos de cinco horas es insuficiente para la mayoría de la gente y estar somnoliento durante el día incrementa el peligro de tener un accidente en caso de conducir un vehículo o manejar maquinaria pesada", subrayó Horne.
miércoles, 5 de mayo de 2010
COMUNICADO
La persona que ha enviado el comentario sobre TASISA que lo vuelva a enviar otra vez por un error lo hemos borrado.
Gracias.
Gracias.
TRASLADO DE NIÑOS EN AMBULANCIAS Y NO NIÑOS EL USO DEL CINTURON ES OBLIGATORIO PARA TODOS
El traslado de menores en
NOTICIAS
Escrito por jose
Domingo, 11 de Abril de 2010 10:02
El traslado de menores en ambulancias y más concretamente,
en las Colectivas, suscita mucha polémica en el sector.
Hasta la publicación del Reglamento General de
Circulación, en diciembre de 2003, la práctica habitual
era que los niños fueran acompañados por alguno de sus
padres, ocupando una plaza del habitáculo sanitario o
incluso, en el caso de los más pequeños, iban en brazos de
sus padres.
Hoy día, quien siga realizando esta práctica
está incumpliendo la Ley y puede ser sancionado con la
nueva normativa del carnet por puntos, con la pérdida de
3 de ellos, además de la sanción que corresponda.
El Reglamento General de Circulación establece en su
artículo 117, la obligatoriedad del uso de cinturones de
seguridad u otros sistemas homologados, para el conductor
y los pasajeros en los vehículos destinados al transporte depersonas, que tengan además del asiento del conductor,
más de ocho plazas, con una masa autorizada que no
supere las cinco toneladas, y que estén obligados por
reglamentación a estar provistos de cinturones de seguridad
o dispositivo de retención (apartado b).
Más adelante, marca en primer lugar, la prohibición de
viajar en los asientos delanteros a menores de 12 años,independientemente de su talla o peso, detallando cuandose debe usar cinturones o sistemas de sujeción homologadospara menores en función de su edad, peso o talla.Por último, en el artículo 118, 2.a) recoge las exencionesal uso de cinturones u otro dispositivo de sujeción, marcadasen el art. 117 y cita a “los conductores y pasajeros de losvehículos en servicio de urgencia”. Sobre esto, es muyimportante recalcar, que SOLO están exentos cuando serealice un servicio de urgencias, independientemente deltipo de ambulancia que está realizando dicho servicio:SVA, SVB, ambulancia convencional, etc. En el resto delos casos, se deberá llevar puesto el cinturón obligatoriamente, aunque sean ambulancias destinadas aservicios de urgencias.
En el caso de las ambulancias colectivas, tenemos queremitirnos al Real Decreto 619/1998. En él, cuando hablaen su apartado d) de las características técnico-sanitariasespecíficas de los vehículos de transporte sanitario colectivo,especifica dentro de la célula sanitaria “asientos reclinablesdotados de cinturón de seguridad”.Entonces, ¿cuáles deben ser los criterios a aplicar cuandotengamos que trasladar menores?-Los menores de 12 años tienen prohibido ir en los asientosdelanteros en cualquier tipo de traslado (art. 117, punto 2).-Los menores de más de tres años, cuya estatura no alcanceos 150 cm., cuando viajen en los asientos traseros dentrode la célula sanitaria, podrán usar el cinturón de seguridadde los asientos. (art. 117)
-Los menores de 3 años, aunque viajen en las plazas traserasdeberán usar los sistemas homologados de sujeción. Estas“sillitas de niños” están homologados atendiendo a su tallay peso, existiendo en el mercado 4 tipos: grupo “0” de 0a 9 meses y hasta 10 kilos; grupo “1” de 9 meses a 3 añosy de 9 a 18 kilos; grupo “2” de 3 a 6 años y de 15 a 25kilos; y por último, grupo “3” de 6 a 12 años y de 22 a36 kilos. Este caso y en función del peso o talla, serán lasdel grupo “0” o grupo “1”.
Y siempre, excepto en un servicio de urgencias, todos,conductor, camillero, personal sanitario, pacientes, etc.con el cinturón puesto, incluido el paciente que vaya enla camilla.
Desde la Federación Nacional de Empresas de Ambulancias,ANEA, hemos propuesto a la Dirección General de Tráfico,a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera(Dpto. de Viajeros) la modificación de la norma, tantoen los límites de velocidad como en el traslado de menoresen casco urbano.
Referencia Legal:R.D. 1211/1990 Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres.
R.D. 619/1998 Establecen las características técnicas, elequipamiento sanitario y la dotación de personal de losvehículos de transporte sanitario por carretera.
R.D. 1428/2003 Reglamento General de Circulación.
NOTICIAS
Escrito por jose
Domingo, 11 de Abril de 2010 10:02
El traslado de menores en ambulancias y más concretamente,
en las Colectivas, suscita mucha polémica en el sector.
Hasta la publicación del Reglamento General de
Circulación, en diciembre de 2003, la práctica habitual
era que los niños fueran acompañados por alguno de sus
padres, ocupando una plaza del habitáculo sanitario o
incluso, en el caso de los más pequeños, iban en brazos de
sus padres.
Hoy día, quien siga realizando esta práctica
está incumpliendo la Ley y puede ser sancionado con la
nueva normativa del carnet por puntos, con la pérdida de
3 de ellos, además de la sanción que corresponda.
El Reglamento General de Circulación establece en su
artículo 117, la obligatoriedad del uso de cinturones de
seguridad u otros sistemas homologados, para el conductor
y los pasajeros en los vehículos destinados al transporte depersonas, que tengan además del asiento del conductor,
más de ocho plazas, con una masa autorizada que no
supere las cinco toneladas, y que estén obligados por
reglamentación a estar provistos de cinturones de seguridad
o dispositivo de retención (apartado b).
Más adelante, marca en primer lugar, la prohibición de
viajar en los asientos delanteros a menores de 12 años,independientemente de su talla o peso, detallando cuandose debe usar cinturones o sistemas de sujeción homologadospara menores en función de su edad, peso o talla.Por último, en el artículo 118, 2.a) recoge las exencionesal uso de cinturones u otro dispositivo de sujeción, marcadasen el art. 117 y cita a “los conductores y pasajeros de losvehículos en servicio de urgencia”. Sobre esto, es muyimportante recalcar, que SOLO están exentos cuando serealice un servicio de urgencias, independientemente deltipo de ambulancia que está realizando dicho servicio:SVA, SVB, ambulancia convencional, etc. En el resto delos casos, se deberá llevar puesto el cinturón obligatoriamente, aunque sean ambulancias destinadas aservicios de urgencias.
En el caso de las ambulancias colectivas, tenemos queremitirnos al Real Decreto 619/1998. En él, cuando hablaen su apartado d) de las características técnico-sanitariasespecíficas de los vehículos de transporte sanitario colectivo,especifica dentro de la célula sanitaria “asientos reclinablesdotados de cinturón de seguridad”.Entonces, ¿cuáles deben ser los criterios a aplicar cuandotengamos que trasladar menores?-Los menores de 12 años tienen prohibido ir en los asientosdelanteros en cualquier tipo de traslado (art. 117, punto 2).-Los menores de más de tres años, cuya estatura no alcanceos 150 cm., cuando viajen en los asientos traseros dentrode la célula sanitaria, podrán usar el cinturón de seguridadde los asientos. (art. 117)
-Los menores de 3 años, aunque viajen en las plazas traserasdeberán usar los sistemas homologados de sujeción. Estas“sillitas de niños” están homologados atendiendo a su tallay peso, existiendo en el mercado 4 tipos: grupo “0” de 0a 9 meses y hasta 10 kilos; grupo “1” de 9 meses a 3 añosy de 9 a 18 kilos; grupo “2” de 3 a 6 años y de 15 a 25kilos; y por último, grupo “3” de 6 a 12 años y de 22 a36 kilos. Este caso y en función del peso o talla, serán lasdel grupo “0” o grupo “1”.
Y siempre, excepto en un servicio de urgencias, todos,conductor, camillero, personal sanitario, pacientes, etc.con el cinturón puesto, incluido el paciente que vaya enla camilla.
Desde la Federación Nacional de Empresas de Ambulancias,ANEA, hemos propuesto a la Dirección General de Tráfico,a través del Comité Nacional del Transporte por Carretera(Dpto. de Viajeros) la modificación de la norma, tantoen los límites de velocidad como en el traslado de menoresen casco urbano.
Referencia Legal:R.D. 1211/1990 Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres.
R.D. 619/1998 Establecen las características técnicas, elequipamiento sanitario y la dotación de personal de losvehículos de transporte sanitario por carretera.
R.D. 1428/2003 Reglamento General de Circulación.
No hemos realizado muchas cuentas pero si realizáramos unas pocas cuentas tendríamos si contamos en números de ambulancias contratadas podríamos hacer un ranking contamos en este caso el numero total .
Los contratos en principio es hasta el 213 y dos años más.
1º TASISA con 147 vehículos contratados entre las islas de Gomera ,El Hierro, Fuerteventura y Lanzarote en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia .
2º AEROMEDICA con 146 vehículos contratados entre las islas de Gran Canaria y Tenerife en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia .
3º ISCAN muy lejos con 24 vehículos contratados entre las islas de Gran Canaria y Tenerife en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia.
4º GARCIA TACORONTE con 17 vehículos contratados en la isla de LA PALMA.
Descripción Contratista Importe de adjudicación
ZONA 1 LA GOMERA Y EL HIERRO
TRANSPORTES AÉREOS SANITARI...
20.732.956,81
ZONA 2 LA PALMA
AMBULANCIAS GARCÍA TACORONT...
18.481.772,13
ZONA 3 FUERTEVENTURA Y LANZ...
TRANSPORTES AÉREOS SANITARI...
28.236.905,41
En lo que respecta a lo economico TASISA se lleva la PALMA aunque en realidad TASISA haya rebajado su presupuesto.
Los contratos en principio es hasta el 213 y dos años más.
1º TASISA con 147 vehículos contratados entre las islas de Gomera ,El Hierro, Fuerteventura y Lanzarote en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia .
2º AEROMEDICA con 146 vehículos contratados entre las islas de Gran Canaria y Tenerife en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia .
3º ISCAN muy lejos con 24 vehículos contratados entre las islas de Gran Canaria y Tenerife en sus distintas modalidades y horas contratadas también hay diferencia.
4º GARCIA TACORONTE con 17 vehículos contratados en la isla de LA PALMA.
Descripción Contratista Importe de adjudicación
ZONA 1 LA GOMERA Y EL HIERRO
TRANSPORTES AÉREOS SANITARI...
20.732.956,81
ZONA 2 LA PALMA
AMBULANCIAS GARCÍA TACORONT...
18.481.772,13
ZONA 3 FUERTEVENTURA Y LANZ...
TRANSPORTES AÉREOS SANITARI...
28.236.905,41
En lo que respecta a lo economico TASISA se lleva la PALMA aunque en realidad TASISA haya rebajado su presupuesto.
Pachi dijo...
Aeromedica tiene el mayor porcentaje en capitales,pero sigue siendo el Mallorquin el que gana por goleada.
¿Le estará llegando el momento de frenarle el monopolio?¿que le pasó en Mallorca? ¿Es cierto que trabaja en T.A.S.I.S.A un personaje inportante del PP? ¿Le saldrá muy caro los favores al Mallorquin?
5 de mayo de 2010 16:21
Aeromedica tiene el mayor porcentaje en capitales,pero sigue siendo el Mallorquin el que gana por goleada.
¿Le estará llegando el momento de frenarle el monopolio?¿que le pasó en Mallorca? ¿Es cierto que trabaja en T.A.S.I.S.A un personaje inportante del PP? ¿Le saldrá muy caro los favores al Mallorquin?
5 de mayo de 2010 16:21
IRPF IMPORTANTE
Debido a la gran cantidad de llamadas y email recibidos por los afiliados referentes a la declaración del IRPF, les informamos:
l importe de las cuotas sindicales es un gasto deducible de la declaración del IRPF. A estos los afiliados/as deberán recibir por correo la INFORMACIÓN FISCAL con los datos de cotizaciones pagadas y que constan en la Unidad de Administración de Recaudación (U.A.R.).
En el mismo recibirás también boletín de rectificación de datos personales y de contacto.
INFORMACIÓN DE INTERES. Si No haces la declaración de I.R.P.F. porque estas por debajo del nivel de ingresos a partir del que es obligatorio declarar, y has tenido ingresos relacionados con el trabajo y, por tanto retenciones del I.R.P.F. DEBERIAS INFORMARTE de cuál sería el resultado de tu declaración, porque hacerla, podría darse el caso de que resultase negativa y tendrías derecho a que Hacienda te devolviera alguna cantidad.
Según la Ley de los PGE2009 (Ley 2/2008 de 23 de diciembre) los supuestos básicos en los que no existe obligación de declarar, relacionados con los ingresos íntegros del trabajo, se producen cuando no se superan : 22.000 € anuales si proceden de un único pagador: 11.200 € anuales cuando procedan de más de un pagador, salvo que la suma de los siguientes pagadores no supere en su conjunto la cantidad de 1.500 € anuales.
n los territorios de Euskadi y Navarra, cuentan con regímenes fiscales especiales, las cantidades generales exentas de realizar declaración son: Euskadi 1.200 € anuales. Navarra 11.250 euros anuales.
INFORMACIÓN PAGINA WEB. Te recordamos que en la web http://www.ccoo.es/ un enlace a ACCESO ZONA AFILIADOS por el que, con tu contraseña particular, puedes acceder de manera exclusiva a tu información personal y bajar el certificado de cotizaciones, así como de disponer de otras informaciones útiles. Si no recuerdas la contraseña puedes solicitarla una provisional rellenando el formulario disponible en la web.
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En el mismo recibirás también boletín de rectificación de datos personales y de contacto.
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Según la Ley de los PGE2009 (Ley 2/2008 de 23 de diciembre) los supuestos básicos en los que no existe obligación de declarar, relacionados con los ingresos íntegros del trabajo, se producen cuando no se superan : 22.000 € anuales si proceden de un único pagador: 11.200 € anuales cuando procedan de más de un pagador, salvo que la suma de los siguientes pagadores no supere en su conjunto la cantidad de 1.500 € anuales.
n los territorios de Euskadi y Navarra, cuentan con regímenes fiscales especiales, las cantidades generales exentas de realizar declaración son: Euskadi 1.200 € anuales. Navarra 11.250 euros anuales.
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Zapatero y Rajoy acuerdan reformar la ley de cajas antes de tres meses
Madrid, EFE El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el líder del PP, Mariano Rajoy, han acordado hoy plantear en el plazo de tres meses una reforma de la legislación de las cajas de ahorros para garantizar la independencia de sus órganos de gobierno y facilitar la captación de recursos.
En una rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa tras dos horas y cuarto de reunión, Rajoy ha avanzado el contenido del principal acuerdo alcanzado con Zapatero, que incluye agilizar las fusiones en el sector para que las entidades que puedan conseguir recursos del Fondo para la Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) lo hagan antes del 30 de junio.
Rajoy le ha dicho a Zapatero que su partido está dispuesto a apoyar al Gobierno en estas cuestiones, pero también se ha dirigido a la ciudadanía para decirle que en el PP tiene una "alternativa dispuesta a asumir el reto cuando los españoles lo decidan".
A pesar de este pacto y del claro respaldo que ha dado el PP al préstamos de ayuda a Grecia, el líder de la oposición no ha ahorrado las críticas a la gestión económica de Zapatero: "La política de esperar y ver ya no puede continuar".
Entre las medidas que propondrán ambas partes en la próxima reforma de la Ley estatal de Órganos Rectores de Cajas de Ahorros (LORCA) figura la de dotar de derechos políticos a las cuotas participativas, valores similares a las acciones que pueden emitir las cajas y pueden cotizar como una vía para reforzar capital y que hasta este momento no contaban con dichos derechos.
El Gobierno había informado ya de que quería reformar la LORCA en la segunda mitad del año, después de que terminara la reestructuración del sector, pero hoy Rajoy consideró "positivo" que el Ejecutivo ya hable de "cuotas participativas con derechos políticos y cotizadas".
Preguntado directamente si se ha pensado en poner un límite a la posesión de dichas cuotas para no caer en el riesgo de la privatización de las cajas, Rajoy explicó que aún no se ha entrado en esos detalles.
Respecto a cómo avanzar en los procesos de fusión, el líder del PP insistió en que hay que intentar aprovechar el marco general de actuación dado por Bruselas para pedir fondos del FROB antes del 30 de junio.
A juicio de Rajoy, la reordenación es necesaria porque el crédito en España no llega a pequeñas y medianas empresas, ni tampoco a las familias, algo necesario para que haya inversión y se cree empleo.
Y para que "vuelva" el crédito, Rajoy subrayó que hay que "sanear" el sistema financiero, capitalizarlo y reestructurarlo, y lo más importante es que se haga "ya", algo que dice "el PP y todo el mundo".
Rajoy recordó además que el PP ha dado siempre su apoyo al Gobierno en todas las medidas relacionadas con el sistema financiero, pero el problema, consideró, es que "no se actuó con la diligencia debida".
Y ello, explicó, es competencia del Gobierno, del Ministerio de Economía y si acaso, del Banco de España.
Para el líder del principal partido de la oposición, en este momento es "necesario" que haya cada vez cajas "más grandes", porque con pequeñas no se puede competir.
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