Edicto
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber, que en el
procedimiento concursal número 31/2010, seguido a instancia de Insular
de Transporte Sanitario, S.L.N.E., se ha dictado sentencia de fecha 15
de octubre de 2013, cuyo fallo es el siguiente:
"Que debo aprobar y apruebo la propuesta de
convenio de Insular de Transporte Sanitario, S.L.N.E., presentada en
autos, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la
misma.
Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
La administración concursal cesa en virtud de
esta resolución y rendirá cuentas de su actuación ante el Juez del
concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta
resolución.
Con periodicidad semestral, contada desde la
fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al
Juez del concurso acerca de su cumplimiento.
No ha lugar a la formación de la sección de calificación del concurso.
Notifíquese la presente resolución a las partes
personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer
recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante
escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte
días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC).
El recurso se tramitará con carácter preferente.
El convenio adquirirá plena eficacia desde la fecha de la sentencia de
su aprobación, salvo que, recurrida ésta, quede afectado por las
consecuencias del acuerdo de suspensión que, en su caso, adopte el Juez
conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 197 de la Ley
Concursal.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.