lunes, 30 de abril de 2012

PEDRO J. LINARES* y FERNANDO RODRIGO


Que la crisis económica está siendo utilizada para debilitar los derechos laborales individuales y colectivos, la protección social, los servicios públicos y los salarios de los trabajadores, es algo sobre lo que no vale la pena detenerse porque casi nadie lo pone en duda ya, incluso sus defensores. La reforma altera de manera radical el equilibrio básico entre capital y trabajo, entre libre empresa y derecho del trabajo. Hasta el presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, se ha atrevido a afirmar de manera taxativa que “el modelo social europeo ha muerto”.



La reforma laboral aprobada por el Gobierno del Partido Popular, con la excusa de combatir la crisis, es una pieza fundamental y clave en la contrarreforma social en la que está sumida Europa y muy especialmente países periféricos como España. La contrarreforma plantea una desregulación –casi absoluta– de las relaciones laborales y el establecimiento legal del poder unilateral y omnipotente del empresario en la determinación de las condiciones de trabajo, del salario, del despido; el debilitamiento o eliminación de la negociación colectiva sectorial y la expulsión del trabajo –mediante despido objetivo por “absentismo justificado”– de las personas con una salud que no sea de hierro, o que en la disyuntiva empleo-salud no acepten acudir a trabajar aun estando enfermos. Es una norma clasista que impone la supresión violenta de derechos básicos en el empleo y en la vida laboral.



Más despidos



La reforma laboral facilita y promueve el despido, disminuyendo su coste, descausalizándolo en la práctica y eliminando la autorización previa administrativa para los despidos colectivos y re - ducciones de jornada. La amenaza de pérdida del empleo se agudiza. Se es consciente de que para las empresas es muy fácil y barato despedir y que pueden hacerlo sin limitaciones. Ello afecta de manera muy importante al sentimiento de inseguridad frente al presente y al futuro, dado que si se pierde el trabajo, se sabe que es muy difícil, sino imposible, conseguir otro empleo. Y si se logra será, probablemente, en peores condiciones.



El impacto en la salud de la pérdida del empleo afecta directa y gravemente a quien lo padece pero, como se pone de manifiesto en los trabajos llevados a cabo por ISTAS, produce también un empeoramiento en las condiciones de trabajo y de salud de las personas que se quedan en las empresas. Tras un proceso de ajuste de plantilla, éstos ven aumentadas las exigencias cuantitativas del trabajo que desempeñan. Entre las personas que pierden su empleo aparecen, de manera rápida y directa, síntomas de ansiedad, insomnio, alteraciones nerviosas, problemas de aparato digestivo, aumento de las adicciones, irritabilidad, problemas circulatorios, de piel, y hasta un aumento demostrado de los suicidios.



La situación de desempleo degrada al ser humano, afecta a su autoestima, devalúa su estatus en el seno de la familia, empeora al límite sus condiciones materiales de vida, aumenta su percepción de desamparo, de su inutilidad social y, al fin, de sensación de fracaso personal. “Un parado se suicida porque ya está socialmente muerto y porque ya no tiene más sitio”, afirma el científico francés Michel Dobout. El desamparo: esa es la categoría psicosocial más adecuada para definir la patología dominante en esta crisis.



Más precariedad



Todos los estudios e investigaciones nacionales e internacionales ponen de manifiesto la relación existente entre temporalidad –precariedad– y salud laboral. Los trabajadores temporales tienen más lesiones por accidente de trabajo y enfermedades que los que tienen contrato indefinido. A mayor precariedad laboral, mayor vulnerabilidad, peores condiciones de trabajo y más riesgos para la salud. La reforma, sin eliminar ninguna de las modalidades de contratación existentes, crea una nueva que, bajo el eufemismo de “contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores”, establece un contrato indefinido (incentivado económicamente para hacerlo aún más atractivo al empresario), con periodo de prueba de un año y con cero euros de indemnización a su finalización. El 95% de las empresas de este país tiene menos de 50 trabajadores. Lo que propone la reforma es acabar con las diferencias entre fijos y temporales a base de convertir a todos en precarios.



Más desregulación



Se concede al empresario una disponibilidad total para establecer y modificar unilateralmente las condiciones de trabajo, el salario, la jornada y la movilidad funcional y geográfica de los trabajadores, bajo amenaza de despido para los que no lo acepten. La organización del trabajo determina las exposiciones a riesgos psicosociales y con esta reforma los trabajadores quedan absolutamente inermes ante el poder empresarial. A partir de ahora, la seguridad y previsibilidad de las personas sobre su presente o su futuro, o la influencia sobre lo que hacen y cómo lo hacen, se va a ver disminuida muy seriamente. Lo mismo ocurre con la claridad de rol (saber exactamente cuáles son las tareas y responsabilidades), muy afectado por la movilidad funcional y la liberalidad en las polivalencias, dada la supresión de las categorías. El sentimiento de estima y reconocimiento por lo que hacemos, la misma idea de integración en la empresa y del sentido de nuestro trabajo, se van a ver profundamente dañados.



Más desigualdad



Minijobs, minisalarios y maxihorarios para todos, pero sobre todo para las mujeres. La capacidad de control sobre los tiempos de trabajo se ve afectada muy seriamente por la posibilidad que la reforma otorga a la empresa de modificar unilateralmente los horarios diarios o su distribución irregular a lo largo del año. Lo mismo sucede con la desregulación del contrato a tiempo parcial: el 76% de las personas que tienen este contrato son mujeres y al menos en un 50% de los casos no es una opción voluntaria, sino impuesta por la inexistencia de alternativas de otro trabajo a tiempo completo, o por la inexistencia de recursos y apoyos para conciliar vida laboral y familiar. Con las modificaciones de la reforma, la empresa podrá obligar a la trabajadora a realizar horas extras, hasta una cuantía igual al máximo legal. En estas condiciones, la posibilidad de organizarse para conciliar vida familiar y laboral se verá reducida de manera muy sustancial y perjudicial. El modelo de trabajador a la carta con minijob y minisalario se extiende, pero sin posibilidad de compatibilizarlo con otro para completar un salario que permita vivir, dado que hay que mantener una plena disponibilidad diaria por si la empresa te demanda hacer horas extras.



Menos negociación colectiva y peores convenios



Los avances que en materia de salud laboral se habían ido consiguiendo con mucho esfuerzo y trabajo a lo largo de los últimos quince años, introduciendo cláusulas en los convenios que mejoraban la prevención de riesgos, se pueden perder. El descuelgue del convenio se convierte en norma para las empresas, dada la facilidad que la reforma les otorga para hacerlo. Ahora se podrá, de manera unilateral, dejar de aplicar lo que establece el convenio en materias tan importantes como el salario, la jornada de trabajo, el horario y su distribución, el régimen de trabajo a turnos, los sistemas de trabajo y rendimiento y las mejoras de la protección en Seguridad Social. La ultractividad del convenio –su vigencia tras llegar a su término sin pactar uno nuevo– deja de existir a partir del segundo año. El objetivo es desequilibrar brutalmente las relaciones laborales, llevando el convenio al ámbito de la empresa y debilitando enormemente la negociación sectorial, donde hay más capacidad de representación y negociación sindical. En España, el 90% de las empresas tiene menos de 10 trabajadores y la capacidad de negociar un convenio propio es prácticamente inexistente. En estas condiciones, ¿no acabarán quedando millones de trabajadores sin convenio y regulados exclusivamente por los mínimos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores?



El derecho constitucional a la salud, en peligro



La modificación del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores supone una brutal vulneración del derecho a la salud de los trabajadores y trabajadoras. La reforma permite despedir de manera objetiva –20 días por año trabajado con un máximo de un año– a las personas que en dos meses consecutivos falten el 20% de los días –o el 25% de los días en 4 meses a lo largo del año– por razón de enfermedad a pesar de tener una Incapacidad Temporal otorgada por un médico del Sistema Nacional de Salud. Con esta modificación, estar enfermo supone caer en riesgo de ser despedido y, por las razones que a todos se nos ocurren, difícilmente estas personas podrán encontrar un nuevo empleo. Aumentan de esta manera más las desigualdades y las exclusiones sociales y laborales por motivos de salud. El presentismo –acudir al trabajo estando enfermo– se agudizará, con los problemas colaterales que eso genera: empeoramiento, recaídas, contagios a personas cercanas, mayor peligro de sufrir un accidente y, a la postre, menor productividad. ¿Cabe mayor atentado al derecho a la salud que el perpetrado en la reforma contralaboral del Partido Popular?



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