viernes, 18 de diciembre de 2009

Sentencia favorable a una delegada de CCOO del Servicio de Emergencias 112 de Cataluña que fue despedida por ATENTO

RRHHpress. Según ha informado CCOO, la adjudicación del servicio de Emergencias 112 de Cataluña a la empresa ATENTO a finales de junio, en un proceso que, según el sindicato, no respetó el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores referente a la sucesión de empresa, provocó el despido de ocho trabajadores, entre los cuales había delegados sindicales, provenientes de la anterior empresa adjudicataria, fruto –señala CCOO- “de la interesada interpretación que hizo ATENTO del proceso de adjudicación, y amparándose en un informe del propio Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña -informe del Departamento que contradecía el articulado del Pliego de Condiciones por la adjudicación del servicio-”.



La sentencia sobre este litigio estima -dice CCOO- que el cambio de la empresa adjudicataria del servicio 112 de Cataluña es una sucesión empresarial sujeto al artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y, por lo tanto sujeto a la regulación de la subrogación empresarial, estimando asimismo que el propio pliego de condiciones por la licitación del servicio establecía la obligatoriedad de la subrogación. Finalmente la sentencia declara el despido nulo por vulneración de derechos fundamentales y la libertad sindical.



Esta sentencia pone en entredicho, según el sindicato, el informe que en su día elaboró el Departamento de Interior, y por supuesto condena a la empresa ATENTO a la readmisión de la trabajadora.



CCOO considera que las situaciones donde la Administración subcontrata servicios propician las actitudes empresariales contrarias a la libertad sindical y la vulneración de derechos, y exige que la Administración, como último responsable de la situación, asuma la responsabilidad política que le corresponde.

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