miércoles, 16 de noviembre de 2011

GESTIÓN SANITARIA TAMBIÉN ELEVA EL CASO AL SUPREMO

El TSJC dio por acreditada la vulneración de la Ley de Contratos al adjudicar las urgencias del norte de Gran Canaria a una empresa sin clasificación ni solvencia

La Consejería de Sanidad y la empresa pública Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad de Canarias (GSC) han anunciado la preparación de sendos recursos extraordinarios de casación ante el Tribunal Supremo, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 29 de julio pasado, que anuló la adjudicación del servicio de ambulancias de urgencias del norte de Gran Canaria.



La Sala de lo Contencioso Administrativo dio por probado que el Gobierno de Canarias contrató a una empresa sin clasificación debida que acreditara su solvencia económica y técnica, Iscan Transportes Socio Sanitarios SL, mercantil ligada a los extraños trasvases de beneficios de la ONG Mundo Nuevo.


Fuentes oficiales del departamento de Brígida Mendoza confirmaron este miércoles el envío por parte de los servicios jurídicos de Gestión Sanitaria al TSJC del escrito de preparación del recurso dentro del plazo establecido por la Sección Primera, al igual que ha hecho la Consejería, al revocar la sentencia la orden firmada por la exconsejera Mercedes Roldós (PP) el 5 de febrero de 2009 adjudicando a Iscan el lote recurrido por Aeromédica Canaria.


Los letrados de la Comunidad se oponen, por tanto, a la nulidad de un contrato que vence el 31 de diciembre de 2013 por importe de 19.274.332,44 euros, cuya ilegalidad se sustenta, según la sentencia ahora recurrida, en la vulneración de la Ley de Contratos del Sector Público por parte de la Mesa de Contratación presidida por el exgerente del GSC Luis Molina, también cuestionada ahora en el ámbito penal y no solo en la vía contencioso-administrativa.


El contencioso se saldó dando la razón a las tesis de la empresa perjudicada de que "era requisito imprescindible para contratar con la Administración sanitaria canaria que el empresario se hallase debidamente clasificado" ante Economía y Hacienda, como exige el artículo 54.1 de la Ley de Contratos. E Iscan no lo estaba ni se había adoptado excepción alguna que también contempla la misma norma en el artículo 55.2.


El hecho de no haber exigido a los licitadores del concurso su correspondiente clasificación de la actividad es considerada en la sentencia como clave para la "nulidad radical" de las condiciones rectoras del contrato suscrito.


La Mesa de Contratación del concurso de ambulancias quebrantó la norma "y el respeto en materia tan relevante como la de garantizar la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de los empresarios con los que la Administración se propone contratar la gestión de un servicio público más que esencial".


Y este hecho, según entienden otra serie de empresas perjudicadas en el concurso, debería llevar también a la anulación del resto de lotes adjudicados en 2008, un total de 13 servicios diferentes, por un importe global de 267,3 millones de euros. Todos se encuentran recurridos en diferentes juzgados de lo contencioso de Las Palmas de Gran Canaria.






1 comentario:

Anónimo dijo...

Era de esperar que Gestión Sanitaria hiciera lo que tiene que hacer, sino ya sabe lo que se le puede esperar , de todas formas que empiece hacer duplicados de recursos como este ya que se espera que todos los recursos contencioso que hay en el camino. Espero que esos recursos para que se revoque las sentencias salgan adelante.

Es posible que todo esto no se resuelva antes de la terminación del contrato ,una forma más de intentar alargar el concurso que termina a finales del 2013.De no ser así, puede pasar de todo hasta que se convoque un nuevo concurso antes de que termine legalmente el concurso que es a finales del 2013 para tener empresas o las mismas a principio del 2014 .Claro que si todo esto sucediera la empresa o empresas perjudicadas que firmaron contrato con Gestión de servicio para la salud y seguridad , podrían demandar a gestión sanitaria por los perjuicios ocasionados. Ya que en este caso la Gestión ha sido malísima.

Otra cosa es la cuestión surgida ahora en el concurso de LA PALMA y que se sabía que podría pasar y que está, tanto por la vía penal como por la vía administrativa. En el caso que se demostrara la prevaricación y el posible fraude por parte de los acusados sancionado el funcionario público como el empresario que acepta el cometer el posible delito.

TÍTULO XIX.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
CAPÍTULO I.
DE LA PREVARICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y OTROS COMPORTAMIENTOS INJUSTOS.



http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t19.html


Esto es lo que dice la ley sobre el posible delito. Que DIOS los coja confesados a todos estos.

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