lunes, 17 de febrero de 2014

Pontevedra;: El conflicto de ambulancias agota la mediación tras 60 días de paro

Representantes de Transa y del comité firmaron un acta de desacuerdo

 

La huelga de ambulancias se mantiene en Pontevedra. El paro de la plantilla de Transportes Sanitarios Pontevedra Norte (Transa) cumple hoy 61 días y la salida al conflicto laboral se complica. Representantes de la empresa y del comité mantuvieron ayer en la Inspección de Trabajo, en Vigo, la cuarta reunión con la mediación de José María Casas de Ron. Tras casi dos horas, ambas partes firmaron un «acta de desacuerdo» que pone fin a esta vía.
La abogada y portavoz de Transa, Dolores Salgueiro, afirmó tras el encuentro que «se ha demostrado quiénes son los intransigentes». «Lamentamos que no se haya podido llegar a un acuerdo cuando se daban las circunstancias. Por parte de los trabajadores no se accede a que el acuerdo sobre el cómputo de las horas de presencia no se aplique con carácter retroactivo», remachó. La letrada de Transa destacó el «comportamiento impecable» de Casas de Ron y dijo que a partir de ahora la empresa seguirá funcionando «con normalidad».
Por su parte, el presidente del comité, Alfonso Boullosa, indicó que, «como era previsible, la empresa se mantuvo en reclamar la retirada de las demandas judiciales por las horas de presencia». El representante de la plantilla apuntó que ya no hubo opción a plantear otros temas al margen de los puramente laboral, y que inciden en la situación de las bases de Pontevedra, Marín y Bueu y de las ambulancias.
El comité solicitó al mediador que se agilicen las inspecciones y también pidió a Casas de Ron que propicie una reunión a cuatro bandas entre Transa, la plantilla, la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061 y responsables de Ambunova. Esta empresa del grupo Egara mantiene conversaciones con Transa para comprar la firma de la que Benito Mirazo es accionista mayoritario.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1579570http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1579570

Los recortes de Cospedal provocan una oleada de despidos de trabajadores de ambulancias


María Dolores de Cospedal, presidenta de Castilla-La ManchaEl recorte en el presupuesto de Castilla-La Mancha para pagar el transporte sanitario urgente ha provocado que las empresas adjudicatarias estén reduciendo la plantilla según vienen denunciando los sindicatos de todas las provincias. Los últimos despidos de los trabajadores de ambulancias, que en total superan el centenar se han producido en Albacete, según denuncia UGT.

El problema, es que desde diciembre, el servicio de ambulancias se ha adjudicado a distintas empresas, y no a una para toda la región, y que además se ha recortado el presupuesto en 19 millones del euro, según informó en su día elpais.com, lo que ha dado lugar a que las nuevas adjudicatarias estén despidiendo a los trabajadores, al mismo tiempo que se devalúan las condiciones laborales de la plantilla, lo que ha provocado un empeoramiento del servicio que se presta a los ciudadanos.

El último ejemplo lo da la Federación de Transportes y Comunicaciones de UGT Castilla-La Mancha que ha denunciado que la empresa 'Nuevas Ambulancias los Llanos', reciente concesionaria del servicio de ambulancias del Circuito de Velocidad, ha dejado en el paro a los trabajadores que venían realizando su trabajo en el circuito desde el año 2006.

Según ha informado el sindicato en nota de prensa, de la que se hace eco Europa Press “esta empresa para que se le otorgase el contrato, ha licitado con un descuento desproporcionado, al ya más que cercenado pliego publicitado por el Consorcio presidido por el Vicepresidente de la Diputación”.

Una vez conseguido el contrato, dice UGT, se ha negado a subrogar a los trabajadores que venían realizando su trabajo en el circuito desde el año 2006, "con el pretexto de que con el dinero que le va a pagar el circuito, no puedo pagarlas".

Por ello, y en vista del “ claro incumplimiento" del Convenio Colectivo Regional de Enfermos y Accidentados de Castilla-La Mancha, el propio pliego de condiciones administrativas y al Estatuto de Trabajadores en lo referente a subrogaciones, UGT considera que “no cabe más que la suspensión del contrato, por grabe vulneración del mismo”.

Pacientes a la sanidad privada

Esta controversia se une a la que está provocando el hecho de que el Gobierno autonómico de Castilla-La Mancha siga desviando pacientes que tienen que ser intervenidos a clínicas privadas de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Valenciana para que sean operados y aligerar así las listas de espera que existen en la región gobernada por María Dolores de Cospedal.

Elboletin.com ya informó en diciembre de esta controvertida práctica del Gobierno de Cospedal tras las denuncias de los sindicatos que cargaron contra la presidenta manchega por derivar a una clínica privada de Madrid, concretamente a la Ruber, a los pacientes del Hospital de Ciudad Real que requieren una cirugía cardiaca, cuando hace unos meses los hospitales de la región asumían estas operaciones.

CSI-F critica contra esta política de Cospedal porque conlleva mayores gastos para los usuarios y las familias, puesto que el Servicio de Salud manchego (SESCAM) sólo cubre los gastos del paciente, y no las costas del transporte y del alojamiento de los acompañantes.

Paro el día 21 de febrero y huelga indefinida desde el 26 en el transporte sanitario de Navarra

http://www.noticiasdenavarra.com/2014/02/11/sociedad/navarra/convocan-un-dia-de-paro-y-una-huelga-indefinida-en-el-transporte-sanitario

Sindicatos del transporte sanitario convocan huelga por la "situación crítica" en la negociación del convenio

http://noticias.lainformacion.com/mano-de-obra/huelga/sindicatos-del-transporte-sanitario-convocan-huelga-por-la-situacion-critica-en-la-negociacion-del-convenio_1lYgBpGbeY3HJhU60EN0b2/Los sindicatos UGT, CCOO, ELA y LAB han convocado en el sector del transporte sanitario una jornada de paro para el 21 de febrero y huelga indefinida a partir del día 26 por la "situación crítica" que a su juicio a traviesa la negociación del convenio colectivo, después de un año de reuniones


miércoles, 5 de febrero de 2014

Sanidad adjudica la gestión de las ambulancias por 235,7 millones de euros.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/01/29/valencia/1390998964_501763.html

La Consejería de Sanidad ha adjudicado a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Ambulevante, SL -constituida por 19 firmas- la gestión del servicio de todas ambulancias de la Comunidad Valenciana por 235,7 millones de euros después de que el Tribunal de la Competencia anulara la primera licitación por el "escaso tiempo" dado a las mercantiles -15 días- para presentarse, según publica este miércoles el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.
Por ello, Sanidad sacó nuevamente a licitación el concurso el pasado 26 de julio y concedió 52 días a los interesados para que presentaran sus ofertas con un presupuesto base de licitación de 257,68 millones por un plazo de cuatro años.
Finalmente, el concurso ha sido adjudicado por 235.781.179,76 euros a Ambulevante SL, UTE. El presupuesto total de cada anualidad asciende a 58,9 millones. Los vehículos bajo la modalidad de arrendamiento estarán sujetos al IVA, estando el resto de los servicios objeto del contrato exentos del mismo por tratarse de servicios sanitarios.
El objeto del contrato es la gestión del servicio público por concierto para la prestación del transporte sanitario urgente y ordinario mediante vehículos ambulancia y similares.


 https://twitter.com/AETENacional/status/428857384656961536/photo/1/large?utm_source=fb&utm_medium=fb&utm_campaign=AETENacional&utm_content=428857384656961536

El Sistema d'Emergències Mèdiques renova part de la flota d'ambulàncies de Barcelona ciutat

http://premsa.gencat.cat/pres_fsvp/AppJava/notapremsavw/detall.do?id=245132&idioma=0



 
Entren en funcionament 35 nous vehicles a Barcelona, amb la imatge harmonitzada amb la resta de cossos d’emergències
Amb les noves unitats, equipades amb els últims avenços tècnics d’electromedicina, el Sistema d’Emergències Mèdiques (SEM) vol donar un millor servei, més eficient i de més qualitat
 
Al 2013, el SEM va mobilitzar gairebé 752.000 ambulàncies, prop de 195.000 de les quals a Barcelona ciutat

SSG incorpora a su flota 33 nuevas ambulancias más eficientes y avanzadas



GrupoSSGSSG cuenta a partir de ahora con una nueva flota de vehículos de trasporte sanitario, más concretamente 33 ambulancias tipo A2, o de transporte colectivo que disponen de nuevos avances tanto asistenciales como mecánicos y medioambientales.
Una de las principales mejoras es la facilidad que proporcionan los nuevos vehículos en cuanto al acceso de personas en sillas de ruedas, contando con una una rampa adaptada que facilita la subida al vehículo sin riesgos. Otras de las ventajas asistenciales consiste en la incorporación de aire acondicionado de dos turbinas, un tabique con abertura central que permite en todo momento la continua comunicación entre los pacientes y los técnicos de emergencias sanitarias, o el refuerzo de la seguridad de la zona asistencial y del mobiliario, fabricado en madera y recubierto de material ABS, favoreciendo su limpieza y durabilidad y aportando mayor seguridad y confort al paciente.
Además, esta nueva incorporación de ambulancias refuerza el compromiso de Grupo SSG por la sostenibilidad, tanto económica, como en la gestión de los recursos y el respeto por el medio ambiente. En este caso los vehículos, todos ellos con un motor de excelente eficiencia en el consumo, cuenta con un equipo que incluye señalización interior y exterior LED, lo que supone un descenso del gasto eléctrico para el vehículo y una menor contaminación.
En éste mismo sentido, el avisador acústico de marcha atrás va incorporado con un interruptor de corte para las zonas mas problemáticas en cuanto a contaminación por ruido, lo que ayuda a evitar incomodidades por la noche para las personas donde en ese momento actúe la ambulancia, evitando de ese modo molestias a los ciudadanos.
Con la adquisición de ésta flota de ambulancias, Grupo SSG dispone actualmente de más de 1.050 vehículos eficientes y sostenibles, más de 8000m2 de instalaciones, equipos informáticos de control del tránsito a tiempo real, 700 terminales móviles, sistemas truking y GPRS instalados en los vehículos, y otros equipamientos de primera generación, adquiridos con el objetivo de ofrecer un servicio cada vez más respetuoso con el medio ambiente y de mayor calidad.

 http://www.grupossg.com/es/sala-de-prensa-2/noticias/ssg-incorpora-a-su-flota-33-nuevas-ambulancias-mas-eficientes-y-avanzadas?utm_content=buffer42ae2&utm_medium=social&utm_source=facebook.com&utm_campaign=buffer

sábado, 1 de febrero de 2014

SERVICIO DE ATENCIÓN MIXTA Y EMERGENCIAS SANITARIAS S.L.

http://www.empresia.es/empresa/servicio-de-atencion-mixta-y-emergencias-sanitarias/
 
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2013-40124

Edicto
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 31/2010, seguido a instancia de Insular de Transporte Sanitario, S.L.N.E., se ha dictado sentencia de fecha 15 de octubre de 2013, cuyo fallo es el siguiente:
"Que debo aprobar y apruebo la propuesta de convenio de Insular de Transporte Sanitario, S.L.N.E., presentada en autos, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma.
Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
La administración concursal cesa en virtud de esta resolución y rendirá cuentas de su actuación ante el Juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.
Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al Juez del concurso acerca de su cumplimiento.
No ha lugar a la formación de la sección de calificación del concurso.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC).
El recurso se tramitará con carácter preferente. El convenio adquirirá plena eficacia desde la fecha de la sentencia de su aprobación, salvo que, recurrida ésta, quede afectado por las consecuencias del acuerdo de suspensión que, en su caso, adopte el Juez conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 197 de la Ley Concursal.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Las Palmas de Gran Canaria, 15 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.
CLÍNICA MÉDICA BRISAMAR, S.L.

Transporte sanitario publico.
 

CARLOS MIGUEL OLANO MARTINEZ TRANSPORTES, SL

 Transporte Sanitario colectivo.

http://www.axesor.es/Informes-Empresas/3192559/CARLOS_MIGUEL_OLANO_MARTINEZ_TRANSPORTES_SL.html

Caraljosan, empresa de transporte de pasajeros, certifica su Sistema Integrado de Gestión de la Calidad y el Medio Ambiente bajo las normas ISO 9001:2008 e ISO 14001:2004


Caraljosan, empresa de transporte de pasajeros, certifica su Sistema Integrado de Gestión de la Calidad y el Medio Ambiente bajo las normas ISO 9001:2008 e ISO 14001
 

Caraljosan, S.L., empresa canaria ubicada en el sur de la isla de Tenerife, dedicada al transporte de viajeros por carretera a nivel discrecional y regular, disponiendo además de una alta especialización en servicios de transporte sanitario colectivo y adaptado, ha certificado su Sistema Integrado de Gestión de la Calidad y Medio Ambiente bajo las normas ISO 9001:2008 e ISO 14001: 2004 tras la implantación llevada a cabo por Plan B Group.
La actividad económica desarrollada por Caraljosan en el sector transporte obligan a mantener los niveles más altos de calidad y protección ambiental. Con esta implantación, esta organización certificará el estar en un nivel superior al exigido por la legislación actual, posicionando a Caraljosan como empresa canaria de referencia y elevar así su capacidad competitiva en el mercado, sirviendo además como ejemplo de capacidad de mejora continua y respeto al medio ambiente.
Este proyecto de la línea de Consultoría de Plan B Group pone de manifiesto la capacidad de la organización para implantar los Sistemas de Gestión en todo tipo de empresas, independientemente de su sector de actividad y tamaño, adaptados para maximizar su eficiencia.

 http://www.planbgroup.es/2012/03/caraljosan-empresa-de-transporte-de-pasajeros-certifica-su-sistema-integrado-de-gestion-de-la-calidad-y-el-medio-ambiente-bajo-las-normas-iso-90012008-e-iso-140012004/

sábado, 25 de enero de 2014

Real Decreto 22/2014, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.

TEXTO



El Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, de reciente aprobación, ha venido a adecuar las características y condiciones exigidas a los vehículos y personal destinado al transporte sanitario, a los avances técnicos y al desarrollo de las ofertas formativas actuales en el ámbito de la formación profesional.
Con este propósito, el real decreto anteriormente mencionado, exige que el personal mínimo que debe ir a bordo de los vehículos destinados al transporte sanitario cuente con un determinado nivel de formación, bien el certificado de profesionalidad de transporte sanitario o el título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias, para el caso de ambulancias no asistenciales o asistenciales, respectivamente.
Asimismo, esta norma exige que las empresas que realicen transporte sanitario cuenten con una dotación mínima de personal, a determinar por medio de orden ministerial de desarrollo, debiendo, en todo caso, pertenecer a la plantilla de la empresa o entidad titular de la autorización de transporte sanitario. Esta circunstancia se debe acreditar, tal y como expone el real decreto en cuestión, por medio de documentación acreditativa de alta y cotización al régimen que corresponda de la Seguridad Social.
Habida cuenta de la existencia, en la actualidad, de entidades benéficas que vienen realizando una importante labor en el ámbito del transporte sanitario, como es el caso de la Cruz Roja Española y que en ellas participa un amplio número de personal voluntario, resulta adecuado modificar el Real Decreto 836/2012, añadiendo una nueva disposición que regule el régimen jurídico de este personal voluntario, previendo especialidades en materia de formación y en lo relativo a la forma de acreditación de la relación desinteresada que guardan con la entidad.
Por otro lado, aprovechando esta modificación, parece conveniente dar el mismo tratamiento jurídico al transporte sanitario realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que el previsto en el Real Decreto 836/2012 para el transporte sanitario realizado por las Fuerzas Armadas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento y de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de enero de 2014,

                                              DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
El Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, queda redactado en los siguientes términos:
Uno. La disposición adicional cuarta queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición adicional cuarta. Transportes oficiales de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Lo establecido en este real decreto no será de aplicación a los transportes oficiales sanitarios realizados por las Fuerzas Armadas y por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando el transporte se realice dentro de su actividad específica, con ambulancias de sus dotaciones y conducidas por el personal de sus propias plantillas, los cuales se regirán por sus normas específicas, que se ajustarán, en cuanto sus peculiares características lo permitan, a las condiciones técnico-sanitarias establecidas con carácter general.»
Dos. Se añade una nueva disposición adicional sexta, con el siguiente texto:
«Disposición adicional sexta. Personal voluntario de entidades benéficas.
1.El personal voluntario que desempeñe las funciones de conductor o de conductor en funciones de ayudante en las ambulancias destinadas a la prestación de los servicios de transporte sanitario de Cruz Roja Española o de otras entidades cuya actividad principal sea la prestación de servicios de asistencia sanitaria con una finalidad humanitaria y social de carácter general, deberá ostentar, como mínimo, el certificado de profesionalidad de transporte sanitario previsto en el Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, sin que le resulten de aplicación los requisitos de formación establecidos en el artículo 4.1 del presente real decreto.
2. Cruz Roja Española y demás entidades benéficas a las que se refiere el apartado anterior deberán, a efectos de lo dispuesto sobre la dotación mínima de personal en el artículo 4.2 de este real decreto, acreditar la condición de voluntarios de quienes desempeñen las funciones de conductor o de conductor en funciones de ayudante en las ambulancias destinadas a la prestación de los servicios de transporte sanitario por carretera de acuerdo a lo previsto en la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado y demás legislación de desarrollo que resulte de aplicación.»
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta a la Ministra de Fomento y a la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para aprobar, en el ámbito de sus competencias, mediante orden conjunta, las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de enero de 2014.

La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

No modificar el RD 836/2012

http://www.change.org/es/peticiones/gobierno-de-espa%C3%B1a-no-modificar-el-rd-836-2012?share_id=tjTbwSKMpw

CCOO denuncia graves incumplimientos en ambulancias de La Gomera y El Hierro y anuncia movilizaciones

CCOO ha denunciado ante la Inspección de Trabajo el veto al comité de empresa por parte de Tasisa, así como todas las infracciones del conv...